BOPV nº 56 · 2024-03-18 · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2024, del Secretario General de Transición Social y Agenda 2030, por la que se realiza la convocatoria y se establece el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo, en el año 2024, de actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil.

El artículo 9.1.i) de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud, atribuye a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi la provisión de los programas que conlleven intercambio de plazas y la concesión de subvenciones a personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, para fomentar la movilidad juvenil entre territorios, comunidades y países. El apoyo al desarrollo de actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil, que la presente Resolución pretende, se plantea por Lehendakaritza como un instrumento más que ayude a potenciar la integración de las personas jóvenes en la sociedad, permitiendo a las diferentes entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi la ejecución de sus actividades de movilidad o intercambios juveniles conforme al diseño libremente elaborado por las mismas y eludiendo la determinación de unos límites estrictos que pudieran coartar su iniciativa creativa. A tenor de lo expuesto, se diseña un marco de apoyo lo suficientemente amplio para permitir el acceso al régimen de subvenciones a todas aquellas personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que deseen ejecutar una actividad de movilidad o intercambio juvenil. Durante la tramitación de la presente convocatoria ha entrado en vigor la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones (Boletín Oficial del País Vasco número 247, de 29 de diciembre de 2023), que regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que deroga el título VI y el Capítulo III del Título VII del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. Por ello, esta convocatoria incorpora lo dispuesto por la nueva normativa en relación a las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, la gestión de las ayudas y la resolución de la convocatoria, los supuestos de incumplimiento y el procedimiento de reintegro de ayudas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, la presente convocatoria tiene su oportuno reflejo en el Plan Estratégico Cuatrienal de Subvenciones de Lehendakaritza de 2024-2027, aprobado mediante Resolución de 12 de febrero de 2024, del Secretario General de Coordinación y Comunicación Social. RESUELVO : Artículo único Realizar la convocatoria y establecer el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo, en el año 2024, de actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Secretario General de Transición Social y Agenda 2030 en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de

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