BOPV nº 59 · 2024-03-21 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 32/2024, de 15 de marzo, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión con Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea (HABE), para la enseñanza de euskera en los centros penitenciarios.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de encomienda de gestión con Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea (HABE), para la enseñanza de euskera en los centros penitenciarios, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 15 de marzo de 2024. La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, MARÍA BEGOÑA OTALORA ARIÑO. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 32/2024, DE 15 DE MARZO, DE LA DIRECTORA DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE EL DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES Y EL INSTITUTO DE ALFABETIZACIÓN Y REEUSKALDUNIZACIÓN DE ADULTOS (HABE) PARA LA ENSEÑANZA DEL EUSKERA A ALUMNOS PRESOS DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO REUNIDOS : De una parte, Dña. Nerea Melgosa Vega, Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, en virtud de su nombramiento efectuado mediante el Decreto 6/2023, de 13 de febrero. De otra parte, D. Bingen Zupiria Gorostidi, Consejero de Cultura y Política Lingüística, en virtud de su nombramiento efectuado mediante el Decreto 29/2020, de 7 de septiembre, y el Presidente de HABE, en virtud de lo establecido en el artículo noveno de la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y de Regulación de los Euskaltegis. MANIFIESTAN: Primero El Estatuto de Autonomía del País Vasco, en su artículo 10.14, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma, en su ámbito territorial, la organización, régimen y funcionamiento de las instituciones y establecimientos penitenciarios y de reinserción social, de acuerdo con la legislación general en materia civil, penal y penitenciaria. De conformidad con lo establecido en el apartado 1.f) del artículo 13 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de cada departamento, corresponde al Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, entre otros, los establecimientos penitenciarios y, en especial, su organización, funcionamiento y ejecución de la legislación penitenciaria, asumiendo el ejercicio de las facultades que esta atribuye a los órganos centrales de la Administración Penitenciaria. Asimismo, el Decreto 12/2021, modificado por el Decreto 40/2022, de 29 de marzo, en sus apartados f) y g) del artículo 11, (Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales), atribuye a la Viceconsejería de Justicia las siguientes facultades: f) Planificar la organización y gestión de

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