BOPV nº 78 · 2024-04-19 · Economía y Hacienda
DECRETO 44/2024, de 16 de abril, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros).
En virtud de lo establecido en el artículo 2.º del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado por el Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites de formalización en el mismo requeridos, el presente Decreto tiene por objeto, de una parte, aprobar el Acuerdo del Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de 11 de marzo de 2024 de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros), y de otra, adscribir las funciones y servicios transferidos. Por todo lo cual, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero de Educación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 16 de abril de 2024, DISPONGO : Artículo 1 Aprobar el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma de 11 de marzo de 2024 de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros) en los términos establecidos por el Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, ordenando la publicación íntegra del citado Real Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco como Anexo al presente Decreto. Artículo 2 Las funciones y servicios transferidos quedan adscritos al Departamento de Educación del Gobierno Vasco. DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco». Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de abril de 2024. El Lehendakari, IÑIGO URKULLU RENTERIA. La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, OLATZ GARAMENDI LANDA. El Consejero de Economía y Hacienda, PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE. El Consejero de Educación, JOKIN BILDARRATZ SORRON. ANEXO AL DECRETO 44/2024, DE 16 DE ABRIL REAL DECRETO 366/2024, DE 9 DE ABRIL, DE AMPLIACIÓN DE FUNCIONES Y SERVICIOS TRASPASADOS A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO POR EL REAL DECRETO 2808/1980, DE 26 DE SEPTIEMBRE, EN MATERIA DE ENSEÑANZA (HOMOLOGACIÓN Y DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE TÍTULOS OBTENIDOS EN EL MARCO DE SISTEMAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EXTRANJEROS) La Constitución, en su artículo 149.1.30.ª reserva al Estado la competencia exclusiva sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales, y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. Por su parte, el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por la