BOPV nº 87 · 2024-05-06 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2024, del Director de Justicia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas privadas de libertad dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario para los ejercicios 2024-2025.

ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante Orden de 2 de noviembre de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 222, de 21 de noviembre de 2023, se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones, en régimen concurrencial, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas privadas de libertad dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario para los ejercicios 2024 y 2025. Segundo Tras el análisis de las solicitudes y de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Orden de convocatoria, la Comisión de Valoración, reunida los días 1 y 14 de febrero de 2024, aprobó un informe-propuesta de resolución de las solicitudes de ayuda presentadas, incluyendo las cuantías que estiman pertinente conceder en su caso, así como los motivos de denegación. Dichas actas de la comisión junto con la propuesta de resolución han sido remitidas a esta Dirección para que sea dictada resolución de concesión o denegación de subvenciones correspondientes. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 de la Orden de 2 de noviembre de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, de convocatoria de subvenciones que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas privadas de libertad dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario, el titular de la Dirección de Justicia es el órgano competente para dictar la resolución en la que se determinará la concesión o denegación de las subvenciones solicitadas, así como las cuantías de subvención de cada proyecto, desglosadas por cada ejercicio anual de duración del proyecto subvencionado. Segundo El artículo 17 de la Orden de convocatoria establece los criterios conforme a los cuales han de valorarse las solicitudes presentadas y dispone que la concesión de la subvención requerirá que, de acuerdo con los referidos criterios, la solicitud supere la puntuación mínima de 60 puntos. En el presente caso, la comisión de valoración entiende que los proyectos con número de expediente 67, 3, 8, 13, 22, 31, 50, 68, 2, 15, 21, 38, 55, 4, 7, 9, 34, 39, 43, 49, 51, 12, 14, 57, 72 de la serie ISL-2023 no han alcanzado los 60 puntos, y por lo tanto sus solicitudes deberán ser desestimadas. Tercero El artículo 16.1, señala que, la comisión de valoración, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión y/o denegación de las solicitudes, podrá proceder a la determinación del presupuesto subvencionable de los proyectos que sean de interés parcial y no total, o si se considerara que contienen gastos no subvencionables o que no son necesarios. En el presente cas

Publicación oficial en euskadi.eus

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