BOPV nº 94 · 2024-05-15 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 56/2024, de 8 de mayo, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito con el Ayuntamiento de Barakaldo, para la gestión del servicio de punto de encuentro familiar por derivación judicial en Barakaldo.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito con el Ayuntamiento de Barakaldo, para la gestión del servicio de punto de encuentro familiar por derivación judicial en Barakaldo, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2024. La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, MARÍA BEGOÑA OTALORA ARIÑO. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 56/2024, DE 8 DE MAYO, DE LA DIRECTORA DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO Y EL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR POR DERIVACIÓN JUDICIAL EN BARAKALDO En Vitoria-Gasteiz, a 26 de diciembre de 2023. REUNIDAS : De una parte, Dña. Nerea Melgosa Vega, Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, nombrada por Decreto 6/2023, de 13 de febrero, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 26 de la Ley 7/1981, de 30 de junio de Gobierno. De otra, Dña. Amaia Del Campo Berasategi Alcaldesa / Presidenta del Ayuntamiento de Barakaldo en representación de esta Institución. Ambas partes se reconocen mutuamente la condición y calidad en virtud de la cual intervienen en el presente acto y se reconocen capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este documento, y al efecto EXPONEN: Primero El 14 de diciembre de 2014 se procedió a la firma del convenio entre la Administración General de Comunidad Autónoma del País Vasco y el Ayuntamiento de Barakaldo para la encomienda de gestión de la prestación del servicio del Punto de Encuentro Familiar de Barakaldo. Con fecha 13 de octubre de 2020 se firmó el convenio actualmente en vigor. Segundo En fecha 1 de diciembre de 2011 se publica en el Boletín Oficial del País Vasco número 228, el Decreto 239/2011, de 22 de noviembre, de modificación del Decreto 124/2008, de 1 de julio, regulador de los Puntos de Encuentro Familiar por derivación judicial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El citado decreto se emite debido al cambio de estructura, competencias y funciones en el Gobierno Vasco que se produjo después de la entrada en vigor del Decreto 124/2008, el cual asignaba la gestión de los Puntos de Encuentro Familiar al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de Asuntos Sociales, gestión que actualmente corresponde al departamento competente en materia de Justicia. Tercero En la Exposición de Motivos del Decreto 124/2008, de 1 de julio, regulador de los Puntos de Encuentro Familiar por derivación judicial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y que ha sido modificado por el Decreto 239/2011, de 22 de noviembre,

Publicación oficial en euskadi.eus

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