BOPV nº 97 · 2024-05-20 · IVAP

RESOLUCIÓN de 8 de mayo 2024, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convocan cursos de euskera de verano de 2024, para el personal de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, dispone que los poderes públicos adoptarán las medidas tendentes a la progresiva euskaldunización del personal adscrito a la Administración Pública en la Comunidad Autónoma Vasca, con el fin de hacer efectivo el derecho reconocido a la ciudadanía de usar tanto del euskera como del castellano en sus relaciones con la Administración Pública. En desarrollo de la Ley, se aprobó el Decreto 86/1997, de 15 de abril, que regulaba la planificación de la normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma Vasca, y que ha sido recientemente derogado por el Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco. En todo caso, la Disposición Transitoria Cuarta del nuevo Decreto establece que el IVAP dispondrá hasta el 1 de enero de 2025 para adaptarse a las previsiones en él contenidas. Por ello, el Instituto Vasco de Administración Pública irá adecuando su actuación de forma progresiva, con el fin de dar cumplimiento a las nuevas previsiones normativas que le afecten antes de la fecha señalada. En su virtud, RESUELVO : Artículo único Aprobar la convocatoria de cursos de euskera de verano de 2024 para los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3, dirigidos al personal de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2024. La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, MAITE BARRUETABEÑA ZENEKORTA. ANEXO BASES Primera Objetivo. Promover e impulsar la capacitación lingüística del personal de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma Vasca. Segunda Personal destinatario. Podrá participar en esta convocatoria de servicios de capacitación lingüística, el personal al servicio de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi. No obstante lo anterior, no podrá participar en esta convocatoria el personal al servicio del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, el personal docente al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma, el personal de la Ertzaintza, y el personal de la Administración de Justicia, personal que podrá participar en las convocatorias específicamente arbitradas para sus ámbitos respectivos, en razón de su dimensión y necesidades específicas. En todo caso, el IVAP ofertará la formación lingüística dentro de sus disponibilidades presupuestarias. Tercera Características los cursos de verano de 2024. Los cursos de verano se desarrollarán en los meses de julio, agosto y septiembre de 2024. Incluirán cursos presenciales en horario laboral y extralaboral y cursos de autoaprendizaje únicamente en horario extralaboral. Todos los cursos deberán cumplir los siguientes requisitos: Deben corresponder a módulos de cursos regulados por HABE. Deberán ser impartidos por euskaltegis o centros de autoaprendizaje públicos o privados

Publicación oficial en euskadi.eus

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