BOPV nº 97 · 2024-05-20 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2024, de la Directora de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad, por la que se convocan las ayudas a municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que realicen proyectos en materia de convivencia y derechos humanos.

El Decreto 57/2018, de 24 de abril, por el que se regulan las ayudas destinadas a subvencionar proyectos en materia de convivencia y derechos humanos, en su artículo 5 señala que mediante resolución anual de la persona titular de la Dirección competente en materia de Víctimas y Derechos Humanos, se efectuará la correspondiente convocatoria de estas ayudas. Esta convocatoria se deberá realizar mediante dos resoluciones separadas, una destinada a los proyectos de entidades privadas y la otra a los proyectos de municipios y demás entidades locales. En la resolución anual se determinará el objeto de la convocatoria, la dotación económica de las ayudas, se designará a las personas integrantes de la Comisión de Valoración, el modo y plazo de presentación de las solicitudes, el plazo de ejecución y, en su caso, el importe máximo de cada uno de los programas o actividades subvencionables. Esta convocatoria se realiza al amparo del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden de 8 de febrero de 2024 de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales publicado en el espacio que corresponde a dicho Departamento en la web Euskadi.eus. Además, esta convocatoria cuenta con crédito presupuestario suficiente en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024. De conformidad con lo establecido en la disposición final primera, párrafo segundo, de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 29 de diciembre de 2023 (N.º. Boletín: 247) esta convocatoria se encuentra adaptada a lo dispuesto en la mencionada ley. Según lo establecido en el artículo 21, de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, estas ayudas serán gestionadas por la Dirección de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad y resueltas por el Viceconsejero Derechos Humanos, Memoria y Cooperación. En su virtud y de conformidad con las competencias que me atribuye el Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución convocar las ayudas destinadas a la financiación de proyectos desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que promuevan en nuestra sociedad una cultura de convivencia, de respeto de los derechos humanos, de empatía y solidaridad. Estos proyectos podrán ser desarrollados desde el 1 de enero de 2024 hasta el 1 de septiembre de 2025. Las ayudas habrán de dirigirse a la realización de alguno de los programas y actividades incluidos en los siguientes ámbitos de actuación: a) Convivencia y Derechos Humanos: Actuaciones de participación, divulgación o educación social dirigidas a promover el compromiso con la dignidad humana, los derechos humano

Publicación oficial en euskadi.eus

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