BOPV nº 109 · 2024-06-05 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2024, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de urbanización del sector industrial en el ámbito AlU 9 Santa Lutzi-Anduaga, promovido por Sprilur, S.A. en Ezkio-ltsaso (Gipuzkoa).
ANTECEDENTES DE HECHO Mediante Resolución de 23 de noviembre de 2020, del entonces director de Administración Ambiental, se formuló el documento de alcance del estudio de impacto ambiental del proyecto de urbanización del sector industrial en el ámbito AlU 9 Santa Lutzi-Anduaga, en Ezkio-ltsaso (Gipuzkoa). Mediante Anuncio publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 27 de marzo de 2023, el Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso sometió al trámite de información pública el proyecto de urbanización del sector industrial en el ámbito AlU 9 Santa Lutzi-Anduaga y su correspondiente estudio de impacto ambiental, conforme a lo indicado en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimaran oportunas. El órgano sustantivo, con fecha 26 de febrero de 2024 certifica que no se ha recibido ninguna alegación en el trámite de Información Pública. Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, simultáneamente al trámite de información pública, el Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso inició las consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 27 de febrero de 2024 el Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso completó, ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular, la solicitud para la emisión de la declaración de impacto ambiental del proyecto refundido de urbanización del sector industrial en el ámbito AIU 9 Santa Lutzi-Anduaga, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, así como en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. La solicitud contiene la siguiente documentación: Proyecto Refundido de Urbanización del «AIU-9 Santa Lutzi-Anduaga». Noviembre 2023. Estudio de impacto ambiental del Proyecto Refundido de Urbanización del «AIU-9 Santa Lutzi-Anduaga». Febrero 2024. Documentación relativa al resultado de la información pública efectuada. Documentación relativa al resultado del trámite de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. Integración, en la propuesta final del proyecto, del resultado de las consultas realizadas y de las observaciones del órgano sustantivo y cómo estas se han tomado en consideración. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el al artículo 60 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, constituye el objeto de las mismas establecer las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental con el fin de promover un desarrollo sostenible. Igualmente, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración