BOPV nº 110 · 2024-06-06 · Gobernanza Pública y Autogobierno

ORDEN de 8 de mayo de 2024, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 5 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Popular de Estudios Vascos – Euskal Ikasketetarako Fundazioa, referente al domicilio de la fundación.

El 9 de febrero de 2024 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Popular de Estudios Vascos Euskal Ikasketetarako Fundazioa, acordada por el patronato de la fundación el 2 de febrero de 2024, y elevada a público mediante escritura que se otorgó el 9 de febrero de 2024, en Bilbao, ante el notario D. Ignacio J.Gomeza Eleizalde (número de protocolo: 170). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Mediante la referida documentación se modifican los estatutos de la fundación en lo referente a: Artículo 5 (domicilio) se traslada el domicilio social de la Fundación del actual sito en Bilbao (Bizkaia), Gran Vía 89 5.º a la Calle Licenciado Poza, 14, planta baja, de Bilbao. Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Artículo único Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 5 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Popular de Estudios Vascos Euskal Ikasketetarako Fundazioa, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 9 de febrero de 2024, en Bilbao, ante el notario D. Ignacio J. Gomeza Eleizalde (número de protocolo: 170). DISPOSICIÓN ADICIONAL Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas. DISPOSICIÓN FINAL Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2024. La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, OLATZ GARAMENDI LANDA.

Publicación oficial en euskadi.eus

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