BOPV nº 120 · 2024-06-20 · Cultura y Política Lingüística

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 5 de junio de 2024, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan, para el periodo 2024-2026, subvenciones para la puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural Vasco.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 5 de junio de 2024, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan, para el periodo 2024-2026, subvenciones para la puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 112, de 10 de junio de 2024, se procede a su corrección. En el artículo 1.2, en la página 2024/2803 (2/21), donde dice: Las actividades subvencionables deberán ser ejecutadas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre 2025. debe decir: Las actividades subvencionables deberán ser ejecutadas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de noviembre 2026.

Publicación oficial en euskadi.eus

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