BOPV nº 124 · 2024-06-25 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

ORDEN de 12 de junio de 2024, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico de méritos, de un puesto de Jefe/a del Servicio Clínica Forense en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, se anuncia concurso específico de méritos para la provisión del puesto de trabajo de Jefa o Jefe del Servicio de Clínica Médico Forense en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal. De conformidad con el Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales. RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico de méritos, del puesto de trabajo vacante singularizado de Jefa o Jefe del Servicio de Clínica Médico Forense en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal, y que se relaciona en el Anexo I «relación de puestos de trabajo». Artículo 2 Requisitos de participación. Requisitos generales: Podrá participar el personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que esté destinado, que reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del concurso. El personal funcionario en situación de servicio activo deberá mantener esta situación hasta la resolución definitiva del concurso. Quienes se encuentren en las situaciones de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares, en el supuesto de reingresar al puesto de trabajo reservado, no serán excluidos de la participación en el concurso. Tampoco será excluido el personal funcionario en activo que pase a la situación de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares. En caso de que el personal funcionario que se encuentre en las situaciones de servicio activo, servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares pasara, durante el proceso de resolución del concurso, a las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión definitiva, serán excluidos de la participación en el concurso. No podrá participar en el presente concurso: El personal funcionario declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión. El personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el período mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación. El personal sancionado con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV