BOPV nº 125 · 2024-06-26 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2024, de la Delegada Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, por la que se declara la utilidad pública del proyecto de ampliación de faja libre de arbolado de la L.A.M.T. a 13,2 kV S.C. denominada «Beurko-Ugarte cto. 2», en su tramo entre la STR Beurko (4553) y el apoyo n.º 9049, en los términos municipales de Valle de Trápaga-Trapagaran y Barakaldo (Bizkaia).

Expediente: 48-AT-Y-2023-00044 ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 17 de febrero de 2023, la empresa i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., (en adelante i-DE) solicita la declaración de utilidad pública para el proyecto de ampliación de faja libre de arbolado de la L.A.M.T. a 13,2 kV S.C. denominada «Beurko-Ugarte cto. 2», en su tramo entre la STR Beurko (4553) y el apoyo n.º 9049, en los términos municipales de Valle de Trápaga-Trapagaran y Barakaldo (Bizkaia). A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 48/2020 de 31 de marzo del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre, se publica el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud en el BOPV de fecha 16 de octubre de 2023, en el BOB de fecha 13 de octubre de 2023, en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Valle de Trápaga-Trapagaran y Barakaldo y en el diario El Correo de fecha 13 de octubre de 2023. Con fecha 18 de octubre de 2023 se remitió a los Ayuntamientos de Valle de Trápaga-Trapagaran y Barakaldo petición de informe de la procedencia o no de la declaración de utilidad pública y, en su caso, el condicionado técnico que considerasen oportuno. Dentro de los plazos reglamentarios, presentaron alegaciones y/o condicionados técnicos varios organismos y entidades. Con fecha 14 de noviembre de 2023 el Ayuntamiento de Barakaldo presento alegaciones por duplicado en las cuales manifiesta que se pretende realizar el apeo de varios árboles de las parcelas (1.01, 1.02 y C.2) y que ha aprobado la Ordenanza municipal de Protección del Arbolado Urbano. La cual entró en vigor el 23-08-2022 y regula la prohibición de tala de todos los árboles salvo en algunos supuestos y que dicha ordenanza es de aplicación en entornos urbanos. Sin embrago, manifiesta que pueden ser tenidas en cuenta las consideraciones de la Ordenanza para la ejecución del proyecto. También, consideran la necesidad de calcular el valor ambiental de acuerdo a la Norma de Granada de cada uno de los ejemplares y si finalmente no pudieran permanecer es su ubicación actual, que se valoren justificadamente las diferentes opciones. Se da traslado a i-DE. Con fecha 6 de marzo de 2024 i-DE responde que respecto a la parcela 1.02 de titularidad municipal, el propio ayuntamiento mediante Decreto de Alcaldía n.º 01043 de fecha 8 de febrero de 2017 le otorgó la autorización para realizar las actuaciones y que estas ya se llevaron a cabo (i-DE le pagó la indemnización correspondiente). Respecto a las parcelas 1.01 y C.2 que ya se han realizado los trabajos, ya que contaba con las autorizaciones necesarias, entre ellas la del propio Ayuntamiento. No obstante i-DE manifiesta que tendrá en cuenta Ordenanza municipal de Protección del Arbolado Urbano en los futuros trabajos. Con fecha 14 de noviembre de 2023 «Ekologistak Martxan» alegó que el periodo de información pública es muy reducido para poder presentar las alegaciones. Además, que las actuaciones a realizar requieren d

Publicación oficial en euskadi.eus

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