BOPV nº 126 · 2024-06-27 · Educación
RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2024, del Viceconsejero de Administración y Servicios del Departamento de Educación, por la que se regula la fase de prácticas de las personas aspirantes seleccionadas en los procedimientos selectivos convocados mediante Orden de 19 de diciembre de 2022, del Consejero de Educación, para el ingreso en cuerpos docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante concurso-oposición, para la estabilización de empleo temporal así como para el ingreso y el acceso a los cuerpos indicados, mediante concurso-oposición ordinario.
Las personas aspirantes seleccionadas en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 19 de diciembre de 2022, del Consejero de Educación, han de realizar la fase de prácticas y ser nombradas funcionarias en prácticas por Orden del citado Consejero de Educación. Esa misma Orden de 19 de diciembre de 2022 establece en su Capítulo IX las condiciones básicas aplicables a la fase de prácticas objeto de la presente regulación, habilitando para ella al Viceconsejero de Administración y Servicios. A su vez, la disposición transitoria primera de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, entre las que se incluye el concurso-oposición de estabilización convocado por la citada Orden, determina que deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024. Y su disposición adicional cuarta conmina a la Administraciones Públicas a adoptar todas las medidas necesarias para la agilización de los procesos selectivos y el cumplimiento riguroso de dicho plazo. Así, ello obliga a una regulación específica de la fase de prácticas de los presentes procedimientos selectivos, en los que está legalmente inserta como parte integrante de los mismos, en condiciones necesariamente distintas a las ordinarias de procesos anteriores. Procede, por tanto, regular la fase de prácticas, determinar su duración y condiciones, definir la composición y competencias de la Comisión Calificadora y del resto de agentes intervinientes, y establecer los procedimientos y criterios para su evaluación. En consecuencia, RESUELVO : Primero Comisión Calificadora. Las prácticas realizadas por las personas nombradas funcionarias en prácticas de los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, y de Maestras y Maestros de la Comunidad Autónoma del País Vasco serán calificadas por la Comisión Calificadora cuya composición se establece a continuación. Se constituye una única Comisión Calificadora en la CAPV para todos los cuerpos docentes indicados, que queda integrada por: El inspector de Educación D. Pedro José Macho Aguillo, coordinador general de los referidos procedimientos selectivos por Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Directora de Gestión de Personal, que actuará como Presidente. Las inspectoras e inspectores de Educación Dña. Alicia Epelde Murguia, D. Jon Simon Gartzia Legarreta y Dña. Maite Lizartza Urrestarazu, coordinadores territoriales de tribunales en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, respectivamente, por la misma Resolución de 2 de octubre de 2023. En posibles supuestos de ausencia o enfermedad de alguno de sus miembros, podrán ser suplidos por otras inspectoras o inspectores de Educación nombrados por la Directora de Gestión de Personal a propuesta del inspector general. Los miembros de la Comisión Calificadora estarán afectados por las posibles causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1