BOPV nº 127 · 2024-06-28 · Educación
DECRETO 78/2024, de 18 de junio, de respuesta a la diversidad en el marco de un sistema educativo inclusivo, para las alumnas y alumnos de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
PREÁMBULO La respuesta a la diversidad en el sistema educativo implica la remisión a un marco ético que tiene como referentes: el valor de la dignidad humana, el reconocimiento empático de las diferencias, la protección de las personas más vulnerables y la responsabilidad de aportar las medidas precisas para que se dé la igualdad de condiciones básicas, de accesibilidad y de aprendizaje para quienes participan en el proceso educativo, siendo imprescindible, para ello, el desarrollo de modelos educativos de calidad y equitativos, así como garantes de la accesibilidad universal. Esta respuesta a la diversidad debe darse en un sistema educativo cuyas políticas se desarrollen en el marco ético descrito, y en centros que tengan la capacidad de adaptarse en su organización, en sus metodologías y en sus medidas curriculares a todo su alumnado, haciendo realidad el concepto «Escuela para todos y todas». La construcción de los centros como verdaderos espacios inclusivos es un proceso que se dirige a superar los obstáculos y barreras de distinto tipo que limiten la calidad del proceso educativo de cada alumna y alumno, prestando especial atención a quienes son más vulnerables. Este cambio de paradigma implica a todos los estamentos del sistema educativo y, en los centros, prioritariamente al profesorado. A él le corresponde dar la respuesta directa a cada alumno y alumna, haciéndoles sentir como personas dignas y valiosas. Para ello, el sistema educativo debe posibilitar la formación para cumplir este cometido. Como agentes educativos, también los equipos directivos en el ejercicio de su ineludible liderazgo pedagógico, el alumnado y sus familias, como colaboradoras y agente fundamental en la toma de decisiones en todo el proceso educativo de sus hijos e hijas, el personal no docente y educativo, los servicios de apoyo a la educación, la inspección de educación, las distintas asociaciones y federaciones de familiares, las universidades, el sistema sanitario y el social, entre otras entidades, son corresponsables en la consecución de entornos educativos y sociales inclusivos que ofrezcan expectativas de éxito. Además, promueven valores compartidos orientados al bien común y una mayor cohesión social. En el ámbito internacional, las políticas educativas y sociales defienden el principio de la inclusión como el medio más adecuado para favorecer el desarrollo educativo y para posibilitar la cohesión social. En este sentido, el artículo 24 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006), trasladada a nuestro derecho interno mediante la Ley de adaptación 26/2011, de 1 de agosto, reconoce que para hacer efectivo su derecho a la educación, sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los estados parte asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida. Para ello, se facilitarán medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos