BOPV nº 129 · 2024-07-02 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
ORDEN de 4 de junio de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen, para el ejercicio 2024, las bases reguladoras de las ayudas a proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo (EDLP), aprobada al grupo de acción local del sector pesquero (GALP) para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca, en el marco del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de la Acuicultura (FEMPA).
El Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, establece las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional; al Fondo Social Europeo Plus; al Fondo de Cohesión; al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración; el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y a la Política de Visados, y establece, en el Título III, capítulo II, el desarrollo territorial. De acuerdo con lo establecido en el reglamento mencionado, el desarrollo local participativo es una modalidad de desarrollo territorial que se llevará a cabo mediante estrategias de desarrollo local participativo basadas en zonas geográficas, y que está dirigido por grupos de acción local compuestos por representantes de los intereses socioeconómicos locales públicos y privados. El Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 y regula en el artículo 30 el desarrollo local participativo, que se enmarca en la prioridad 3 del fondo de «permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas». La prioridad 3 del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) se encuadra en el objetivo político descrito en el artículo 5.1, letra e) del Reglamento (UE) 2021/1060, «una Europa más próxima a sus ciudadanos, fomentando el desarrollo integrado y sostenible de todo tipo de territorios e iniciativas locales». El desarrollo local participativo para el período de programación 2021-2027 se rige por lo dispuesto en los artículos 31 a 34 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y por lo dispuesto en los artículos 29 y 30 del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021. El desarrollo local participativo como instrumento de desarrollo territorial centrado en zonas ha demostrado a lo largo del periodo de programación anterior, su capacidad para fomentar el desarrollo de las zonas costeras y dar respuesta a los desafíos concretos del desarrollo económico y social de las comunidades. Los grupos de acción local, en los que está involucrado el sector pesquero, son un motor de dinamización de los territorios y un recurso de desarrollo local para las personas y entidades situadas en las zonas costeras. A través de las estrategias de desarrollo local implementadas por los grupos se abordaron retos de la política pesquera común (PPC), del crecimiento azul y del cambio climático, y de la creación de empleo. Para la puesta en marcha del desarrollo local participativo en la Comunidad Autónoma del País Vasco en el marco del período de programac