BOPV nº 166 · 2024-08-27 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto de repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV SE Ayala – T Ayala 2, en los términos municipales de Artziniega y Ayala, en el Territorio Histórico de Álava.
N.º expediente: 01ATY 202300033. ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 29 de septiembre de 2023 Red Eléctrica de España, S.A.U. solicitó la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto de repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV SE Ayala T Ayala 2, en los términos municipales de Artziniega y Ayala, en el Territorio Histórico de Álava. En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 48/2020, de 31 de marzo por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas, e instalaciones de conexión de consumidores, dicho proyecto ha sido sometido a información pública. A tales efectos, dentro del trámite de información pública a fecha de 13 de febrero de 2024 se remitió la documentación correspondiente al proyecto a los Ayuntamientos de Artziniega y Ayala, al Departamento de Movilidad Sostenible e Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Álava, a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., a Telefónica de España, S.A. y a URA Agencia Vasca del Agua, se publicó el Anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de fecha de 16 de febrero de 2024 y en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha de 13 de febrero de 2024. Así mismo, a fecha de 17 de noviembre de 2023 se requirió el informe previo de la Dirección General de Política Energética y Minas según se determina en el artículo 35.2 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. A fecha de 30 de noviembre de 2023 se recibe informe favorable de la Dirección General de Política Energética y Minas. A fecha de 27 de febrero de 2024 se recibe informe de Telefónica de España, S.A. no presentando objeción alguna a la ejecución del proyecto. A fecha de 13 de marzo de 2024 se recibe informe del Ayuntamiento de Ayala en el que se realizan consideraciones respecto a la instalación proyectada: Sobre la afección agroforestal e integración paisajística. Sobre su ubicación en suelo no urbanizable y la Declaración de Interés Público. Sobre la evaluación de impacto ambiental. Sobre las relaciones civiles y la afección que comportan las servidumbres sobre cierta construcción agrícola. Se da traslado de dicho informe al solicitante, recibiendo su respuesta con reparos. A fecha de 3 de julio de 2024 se remite la respuesta al Ayuntamiento de Ayala para que muestre su conformidad o reparos a dicha contestación. A fecha de 24 de julio de 2024 se remite al promotor la contestación recibida por parte del Ayuntamiento de Ayala, para que complete la respuesta presentada ante dicho Ayuntamiento ap