BOPV nº 168 · 2024-08-29 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2024, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Parcial de Ordenación Urbana del ámbito urbanístico AY.13-Alto de Errondo II, de San Sebastián.

ANTECEDENTES DE HECHO Mediante Resolución de 18 de diciembre de 2020, la Dirección de Administración Ambiental de Gobierno Vasco formuló el documento de alcance del estudio ambiental estratégico de Plan Parcial del A.U. AY.13-Alto de Errondo II en San Sebastián, en virtud de lo dispuesto tanto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, como en el Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Por resolución de la Alcaldía de fecha 17 de octubre de 2023 se aprobó inicialmente el Plan Parcial del Sector AY.13 Alto de Errondo (II). En orden a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre y el artículo 12 del Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, el Ayuntamiento de San Sebastián sometió el Plan, junto con el estudio ambiental estratégico, al trámite de información pública, durante un periodo de 45 días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 207 de 26 de octubre de 2023. Asimismo, de acuerdo con la normativa vigente, realizó el trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas. El Ayuntamiento de San Sebastián hace constar mediante certificado de 14 de mayo de 2024 que se han recibido tres informes en el trámite de audiencia a las administraciones públicas con el resultado y contenido que consta en el expediente administrativo. Asimismo, según consta en la documentación aportada, se recibió una alegación sin contenido ambiental. Con fecha 1 de julio de 2024, el Ayuntamiento de San Sebastián completa la solicitud para la emisión de la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Parcial del A.U. AY.13-Alto de Errondo II (en adelante, el Plan) ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco. La solicitud se acompaña de la propuesta final del Plan Parcial (Documento para la aprobación definitiva), fechado en febrero de 2024, del Estudio Ambiental Estratégico, fechado en mayo de 2021, y de diversos documentos explicativos de los trámites de información pública y de audiencia a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, constituye el objeto de esta establecer las bases que deben regir los planes que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental, con el fin de promover un desarrollo sostenible. Igualmente, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental del Euskadi, la evaluación ambiental garantizará un elevado nivel de protección ambiental y promoverá un desarrollo sostenible mediante la integración de los aspectos ambientales en la elaboración y en la adopción, aprobación o

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV