BOPV nº 173 · 2024-09-05 · Hacienda y Finanzas

DECRETO 233/2024, de 29 de agosto, por el que se renueva la composición nominal del Consejo de Administración del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi establece en su artículo 22 lo siguiente: Los órganos rectores del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud son el consejo de administración y el presidente, cuyo cargo ejercerá el Consejero del Departamento competente en materia de sanidad. El consejo de administración estará integrado por el presidente y por un número no superior a cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Las atribuciones del consejo comprenderán la planificación estratégica de medios adscritos al ente, la dirección de sus actuaciones, el control superior de la gestión y las facultades necesarias para dirigir e impulsar el proceso e intensidad con la que se configurarán las organizaciones últimas de servicios sanitarios dependientes del ente, salvo en lo relativo al otorgamiento de personalidad jurídica. Reglamentariamente, a través de los estatutos sociales se creará una organización central de administración y gestión corporativa del ente, como estructura directiva de apoyo al consejo de administración. Entre sus atribuciones, en ejecución de los acuerdos de los órganos rectores, se encontrarán la colaboración, control, coordinación estratégica y los poderes centralizados de gestión que se establezcan respecto a todas las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del ente. Por su parte, el artículo 8.2 de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, aprobados por el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, establece que el Consejo de Administración estará compuesto, además de por el Presidente, por cinco miembros en representación de la Comunidad Autónoma, que serán nombrados por el Gobierno, dos de ellos a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda (actualmente, de Hacienda y Finanzas) y los tres restantes a propuesta del Consejero de Salud. Los cambios producidos a consecuencia de la nueva estructura del Gobierno Vasco establecida mediante Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, obligaron preciso renovar la composición nominal del Consejo de Administración, renovación realizada por Decreto 163/2024 de 16 de julio. Posteriormente a su entrada en vigor, se ha producido un nuevo cambio y que ha supuesto que el vocal designado a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas, D. Hernando Lacalle Edeso, Viceconsejero de Finanzas y Presupuestos, deba de ser cesado en su condición de vocal y se proceda al nombramiento en su lugar, de un nuevo vocal a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas. Con fecha 21-08-2024, se realiza esta propuesta por el Consejero de Hacienda y Finanzas. De acuerdo con estas previsiones, los anteriores nombramientos y renovaciones de los miembros del Consejo de Administración del Ente P

Publicación oficial en euskadi.eus

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