BOPV nº 174 · 2024-09-06 · Movilidad Sostenible
RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción de nueva área de mantenimiento de ETS en Zumaia» y se convoca a sus titulares al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.
Mediante Resolución de fecha 7 de mayo de 2024 se aprobó el «Proyecto de construcción de nueva área de mantenimiento de ETS en Zumaia», publicándose el 23 de mayo de 2024 en el Boletín Oficial del País Vasco (n.º 100). El proyecto de construcción de nueva área de mantenimiento de ETS en Zumaia define las actuaciones necesarias para ejecutar una nueva área de mantenimiento propuesta por el área de mantenimiento de ETS, que contará con acceso rodado y un área de acopio de materiales. La obra proyectada consta de una zona de tránsito y acopio y dos vías de mantenimiento, una electrificada y la otra no. A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones. Mediante Resolución de 18 de junio de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se acordó iniciar el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto y someter a información pública la relación del Anejo de expropiaciones, notificándose a las personas interesadas y publicándose el día 3 de julio de 2024 en el Boletín Oficial del País Vasco, en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en los diarios «El Diario Vasco» y «Noticias de Gipuzkoa». La citada relación de bienes y derechos quedó asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zumaia. En este trámite no se han presentado escritos de alegaciones. Finalizado el plazo de información pública, se ha procedido a la confección definitiva de la relación de bienes y derechos afectados. Este órgano es competente para la tramitación de los expedientes de expropiación necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura del transporte, según lo dispuesto en el artículo 16.2.c) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco. El citado Decreto 11/2021, de 19 de enero, sigue vigente según lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario modificada por la Ley 26/2022, de 19 de diciembre, la aprobación de proyectos de líneas ferroviarias, tramos de las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las preexistentes que requiera la utilización de nuevos terrenos, supondrá, a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos, la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaraci