BOPV nº 178 · 2024-09-12 · Cultura y Política Lingüística
RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2024, del Director de HABE, por la que se regula el procedimiento y las condiciones de concesión de subvenciones a estudiantes de 16 a 18 años, que tengan como objetivo el nivel C1C1 a partir de un concreto nivel de inicio o de partida, para la realización de cursos cuyo objeto sea el nivel de comunicación C1C1 durante el curso 2024-2025, y se procede a su convocatoria.
La Ley 29/1983, de 25 de noviembre, creó el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), dirigido a la euskaldunización de adultos, con el objetivo de conseguir el mayor número posible de vascoparlantes. Mediante el Decreto 179/2003, de 22 de julio, se reguló la actividad de los euskaltegis y otros centros homologados que imparten la enseñanza del euskera para personas adultas y la financiación que reciben de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El artículo 17 del citado Decreto 179/2003 establece que HABE podrá disponer, con carácter supletorio, dentro de los límites de sus disponibilidades presupuestarias, otro tipo de subvenciones dirigidas al alumnado inmerso en procesos de euskaldunización en las modalidades y soportes a que se refiere dicho Decreto o mediante sistemas homologados, en el marco de sus resultados académicos. Por su parte, esta es la primera iniciativa del compromiso 43 del Programa de Gobierno de esta XIII Legislatura: «Iniciar el proceso para ofrecer a cualquier persona la posibilidad de aprender euskera de forma gratuita y progresiva, en todos los niveles, desde el A1 hasta el C2». En este sentido, la Orden del 28 de mayo 2024, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba el Plan Anual de Subvenciones 2024 y se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2024, prevé como objetivo estratégico en materia de política lingüística el impulso de la euskaldunización de adultos, disponiendo, entre otros, subvenciones dirigidas a jóvenes estudiantes de 16 a 18 años para la consecución del nivel C1 de euskera, con el fin de que aquellos/as jóvenes que vayan a la universidad o al mercado laboral puedan iniciarse en su carrera con una adecuada competencia comunicativa en euskera. Teniendo en cuenta las disposiciones anteriores, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se aprueban las normas orgánicas de HABE (y el Decreto 166/2019, de 22 de octubre, por el que se modifica), y en base a lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (y su desarrollo en base a lo dispuesto en el Real Decreto 887/2006), RESUELVO : Primero Aprobar las bases y la convocatoria de concesión de subvenciones para el alumnado de 16 a 18 años que tenga como objetivo el nivel C1C1 a partir de un concreto nivel de inicio o de partida, para la realización de cursos cuyo objeto sea el nivel de competencia comunicativa C1C1 de euskera durante el curso 2024-2025. Segundo Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Cultura y Política Lingüística. A tal efecto, dispondrán del plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Donostia / San Sebastián, a 30 de agosto de 2024. El Directo