BOPV nº 184 · 2024-09-20 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2024, de la Directora de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales, por la que se autoriza la utilización de los servicios e infraestructuras del Registro Electrónico de Apoderamientos al Ayuntamiento de Barakaldo.

En fecha 30 de junio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 91/2023, de 20 de junio de 2023, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos. El artículo 68 del citado cuerpo legal, cita en su apartado 5.e): Constituyen, en cualquier caso, servicios e infraestructuras comunes, los siguientes: e) El Registro de Personal Funcionario Habilitado y el Registro Electrónico de Apoderamientos. En fecha 4 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se regula el Registro Electrónico de Apoderamientos del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi en sus procedimientos sujetos al derecho público, el artículo 6 señala, en su apartado 1.a): En el registro electrónico de apoderamientos se podrán inscribir las siguientes apoderamientos y figuras de representación: a) Los apoderamientos voluntarios: los apoderamientos voluntarios apud acta y los apoderamientos voluntarios concedidos mediante documento público o documento privado de firma notarialmente legitimada. El artículo 4 del citado cuerpo legal cita, en su apartado 3: La persona titular del órgano competente en materia de atención a la ciudadanía y servicios digitales, mediante Resolución, podrá autorizar la utilización de los servicios e infraestructuras del registro electrónico de apoderamientos a otras Administraciones públicas. Con fecha 15 de julio de 2024 se insta solicitud justificada del Ayuntamiento de Barakaldo a la Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales, para la utilización de los servicios e infraestructuras del Registro Electrónico de Apoderamientos del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En concreto se ha procedido a solicitar el uso de los servicios e infraestructuras del registro electrónico de apoderamientos para la inscripción de los apoderamientos voluntarios del primer tipo, que se contempla en el artículo 6.3.a) de la citada Orden: a) Un poder general para que la persona apoderada pueda actuar en nombre de la persona poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración Pública. Corresponde a esta Dirección emitir la presente resolución en virtud del citado artículo 4.3 de la Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno y en base a las competencias del artículo 12 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. En virtud de todo ello, se procede a dictar esta resolución en forma y plazo. RESUELVO : Primero Objeto. Autorizar, mediante la presente resolución, la utilización de los servicios e infraestructuras del Registro Electrónico de Apoderamientos del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi por parte del Ayuntamiento de Barakaldo, para la tramitación

Publicación oficial en euskadi.eus

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