BOPV nº 190 · 2024-09-30 · Educación
ORDEN de 10 de septiembre de 2024, de la Consejera de Educación, por la que se convocan subvenciones para la financiación de inversiones en centros educativos de la red concertada cuya titularidad revista la forma de cooperativa o fundación (Hezkoop-2024).
Las Cooperativas de enseñanza suponen un instrumento de participación social, que marca una aspecto específico y diferenciador de estas entidades titulares de centros escolares, que por su propia naturaleza no poseen ánimo de lucro, y se rigen por la Ley 11/2019 de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi. En este sentido, con fecha 9 de julio de 2014 se procedió a la firma del «Acuerdo de intenciones y de colaboración entre el Gobierno Vasco, el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi y la Confederación de Cooperativas de Euskadi», por el que, entre otras cosas, se asume el compromiso de «potenciar los instrumentos financieros existentes al servicio de la promoción del Movimiento Cooperativo». Asimismo, los centros educativos constituidos bajo la figura jurídica de la Fundación, conforme a la Ley 9/2016, de 2 de junio, sirven, en cuanto tal a un interés general. En ambos casos, al objeto de la presente convocatoria, se exige que, a su extinción, el resultado de las operaciones de liquidación reviertan a la Administración, lo cual queda acreditado en el caso de las Cooperativas, por su normativa vigente, y en el caso, de las Fundaciones por la necesidad de su constancia en sus Estatutos reguladores. En este orden de cosas, cabe destacar que las cooperativas y fundaciones titulares de centros de enseñanza están realizando un notable esfuerzo financiero para adaptar sus edificios e instalaciones a las exigencias de una legislación que, en los últimos años, ha experimentado cambios notables. Conscientes de esta realidad, este Departamento, en el ejercicio de las competencias que le otorga la legislación vigente, quiere contribuir a aliviar la carga financiera que los centros vienen soportando, propiciando al mismo tiempo que la actividad educativa se lleve a cabo en un entorno que propicie una mejora de la calidad de la enseñanza que se ofrece a los alumnos y alumnas de los niveles de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Educación Especial. Así, si bien la última convocatoria de estas características se refiere a 2021, este Departamento tiene voluntad de continuar impulsando esta convocatoria. Tendrán aplicación la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones (LRRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en la gestión. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de esta Orden convocar ayudas a la financiación de préstamos suscritos por cooperativas de enseñanza o fundaciones titulares