BOPV nº 196 · 2024-10-08 · Hacienda y Finanzas

DECRETO 275/2024, de 24 de septiembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 5131 - Infraestructura y Gestión del Transporte Ferroviario, por ingresos en el Programa 9211 - Relaciones Financieras con el Sector Público Español, del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024, por importe de 4.678.743,99 euros.

El Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, establece una serie de medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. Entre ellas, se establece un sistema de ayudas directas, correspondiente al año 2024, para dar apoyo financiero a las comunidades autónomas que presten servicio de transporte colectivo urbano o interurbano. Con fecha 22 de agosto de 2024 se ha publicado la Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, de otorgamiento de ayudas directas al transporte público terrestre, urbano e interurbano, en el ámbito autonómico, reguladas por el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 diciembre, en la que se otorga a la Comunidad Autónoma del País Vasco la ayuda directa por importe de 4.678.743,99 euros. Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011 de 24 de mayo. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Movilidad Sostenible y del Consejero de Hacienda y Finanzas y, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2024, DISPONGO : Artículo único Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos: (Véase el .PDF) Este crédito se genera por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos: (Véase el .PDF) DISPOSICIÓN FINAL . Entrada en vigor. El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de septiembre de 2024. El Lehendakari, IMANOL PRADALES GIL. La Consejera de Movilidad Sostenible, SUSANA GARCÍA CHUECA. El Consejero de Hacienda y Finanzas, NOËL DANJOU OLAIZOLA.

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV