BOPV nº 202 · 2024-10-16 · Vivienda y Agenda Urbana
ORDEN de 1 de octubre de 2024, del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se declara el municipio de Errenteria como zona de mercado residencial tensionado.
Vista la Orden de 6 de junio de 2024, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes por la que se inicia el procedimiento de declaración del municipio de Errenteria como zona de mercado residencial tensionado, que se tramita como Expediente n.º AAAA_ORD_3705/24_08 y del que resultan los siguientes, HECHOS Primero En fecha 8 de febrero de 2024 (registro de entrada n. º 2024-10000000746), se presenta el acuerdo adoptado en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Errenteria (Gipuzkoa), por el que se solicita al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco que emita orden en la que se declare zona de mercado residencial tensionado al municipio de Errenteria. Segundo Revisada la documentación, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 68.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante Resolución del Director de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda del Gobierno Vasco, se concede al Ayuntamiento de Errenteria un plazo para que presente modificaciones o mejoras en el plan específico de medidas adjunto a la solicitud de declaración del municipio de Errenteria como zona de mercado residencial tensionado. Tercero Con fecha 17 de abril de 2024 se notifica el Decreto dictado en fecha 16 de abril de 2024, por el Concejal Delegado de Urbanismo del Ayuntamiento de Errenteria, que resuelve complementar el Plan Específico de medidas que se ha acompañado a la solicitud de declaración del municipio de Errenteria como zona de mercado tensionado, de acuerdo con el requerimiento remitido por la Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda del Gobierno Vasco. Cuarto Mediante la Orden de 6 de junio de 2024, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco, se inicia el procedimiento de declaración del municipio de Errenteria como zona de mercado residencial tensionado y se somete a información pública. La Orden se publica en el BOPV número 121, de 21 de junio de 2024 y en el BOG número116, de 17 de junio de 2024, concediendo un plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la última de las publicaciones para la presentación de alegaciones por personas interesadas. Los estudios y memoria previa que justifican la incoación del procedimiento de declaración del municipio de Errenteria como zona tensionada, se ponen a disposición pública en la Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda, sita en Vitoria-Gasteiz, calle Donostia-San Sebastián 1 y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en https://www.euskadi.eus/inicio. La Orden se notifica al Ayuntamiento de Errenteria en fecha 6 de junio de 2024, concediéndole un plazo de audiencia de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a su notificación, a fin de que presente cuantas alegaciones y documentación considere procedentes. Quint