BOPV nº 214 · 2024-11-04 · Educación

ORDEN de 25 de octubre de 2024, de la Consejera de Educación, por la que se convoca concurso de traslados, de ámbito estatal, del personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

De acuerdo con las previsiones establecidas en la disposición adicional 6.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, modificado por Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, establece la obligación para las Administraciones educativas de convocar con carácter bienal concursos de traslados de ámbito estatal en los que podrán participar todo el personal funcionario docente de carrera, cualquiera que sea la Administración educativa de la que dependan o por la que hayan ingresado, siempre que reúnan los requisitos para ello. A este fin, los y las interesadas podrán participar en todos los concursos mediante un solo acto obteniendo, de la resolución de los mismos, un único destino en cada Cuerpo. Como consecuencia de la publicación del citado Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, que modifica el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, se han modificado las puntuaciones asignadas al baremo de méritos tanto en la puntuación máxima de algunos apartados como en la puntuación asignada a determinados subapartados. Por ello, en esta convocatoria se ha procedido a realizar las adaptaciones correspondientes en el Anexo I del baremo de méritos de la presente convocatoria. Por otro lado, se han aprobado las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal que deben convocarse durante el curso 2024-2025 (EFD/1056/2024, de 1 de octubre). Asimismo, en lo que respecta al baremo de méritos del Anexo I de esta convocatoria, se ha de tomar en consideración la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, que concluye que no puede ser objeto de valoración diferente los servicios prestados como funcionario de carrera, personal fijo y como funcionario interino o personal de duración determinada, siempre y cuando se refieren a los mismos puestos de trabajo mediante la realización de las mismas o asimiladas funciones, dado que lo contrario supondría incurrir en un trato discriminatorio que proscribe la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, a tenor de la jurisprudencia del TJUE Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en la citada normativa y ante la existencia de puestos de trabajo vacantes en los centros dependientes del Departamento de Educación. RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Convocar concurso de traslados, de ámbito estatal, del personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Aprobar las bases que han de regir esta convocatoria. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA . Ef

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