BOPV nº 217 · 2024-11-07 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2024, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria, para el ejercicio 2025, de las ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 31 de octubre de 2024, ha aprobado la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2025, de las ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi. De conformidad con lo dispuesto en el apartado n) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, según la redacción dada por el Decreto 98/2022, de 30 de agosto, de segunda modificación de los mismos, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2025, de las ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 31 de octubre de 2024, recogida como Anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 31 de octubre de 2024. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2025, DE LAS AYUDAS AL MANTENIMIENTO DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI El Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de los Centros Especiales de Empleo, publicado en el BOPV de fecha 27 de octubre de 2023, es una disposición de carácter general y vigencia indefinida que regula, en la Subsección 1.ª de la Sección 3.ª del Capítulo II, las ayudas destinadas a la financiación de los costes salariales de las personas con discapacidad contratadas en los centros especiales de empleo, con la finalidad de contribuir al mantenimiento de sus puestos de trabajo. En su artículo 39, el citado Decreto 152/2023, de 17 de o

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