BOPV nº 217 · 2024-11-07 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

DECRETO 315/2024, de 29 de octubre, de modificación de los Decretos por los que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones, entre las cuáles se encuentran el Decreto 105/2007, de 26 de junio y el Decreto 79/2019, de 21 de mayo, que modifican las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario y personal laboral, respectivamente, derivadas de los procesos de Análisis Funcionales de ambos colectivos y Decreto 61/2022, de 17 de mayo, de adaptación a la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, que regula los cuerpos y las escalas del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco. Mediante Decreto 169/2021, de 6 de julio, se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco, de 10 de mayo de 2021, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de funciones y servicios sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria. Así, en los términos establecidos por el Real Decreto 474/2021, de 29 de junio, se transfiere personal funcionario de carrera y personal laboral, con efectos de 1 de octubre de 2021, siendo adscrito al Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales; en la actualidad, Departamento de Justicia y Derechos Humanos, a tenor del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. La Disposición Final Cuarta, de la Ley 11/2022, de 1 diciembre, de Empleo Público Vasco, fija un plazo de tres meses desde la publicación de la citada ley para aprobar la relación de puestos de trabajo de la Administración penitenciaria de Euskadi, así como para proceder a la integración del personal transferido en virtud del citado Decreto 169/2021, de 6 de julio, en los cuerpos y escalas creados a través de la modificación de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los Cuerpos y de las Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Con fecha de 18 de octubre de 2021 se alcanzó un Preacuerdo de Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ratificado mediante su aprobación por el Consejo de Gobierno, en su sesión de 2 de noviembre de 2021 y publicado por Resolución 74/2021, de 2 de diciembre del Director de la Secretaría de Gobierno y de Relaciones con el Parlamento (BOPV de 5 de ene

Publicación oficial en euskadi.eus

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