BOPV nº 219 · 2024-11-11 · Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
DECRETO 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico.
En virtud del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma, para garantizar la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar interrupciones en las mismas, y ordenar el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el citado decreto, todo ello, con el fin último de llevar a cabo con la máxima eficacia el Programa de Gobierno de la nueva legislatura. Tras la aprobación del decreto anteriormente citado se constató la necesidad de realizar determinadas modificaciones en el mismo encaminadas, unas, a designar adecuadamente áreas concretas de actuación, y otras, a concretar con mayor precisión la distribución competencial de determinados departamentos, todo lo cual se materializó mediante Decreto 36/2024, de 30 de julio, del Lehendakari. El artículo 15 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, determina las funciones y áreas de actuación del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, el cual estará formado, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del mencionado Decreto, por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Políticas Sociales del extinto Departamento de Igualdad, Justicia y Asuntos Sociales, y por la Dirección de Juventud de la estructura anterior de Lehendakaritza. Asimismo, de acuerdo con el segundo párrafo de esa Disposición, se crea una Dirección de Servicios en el Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico. En concordancia con lo dispuesto en la Disposición Final Primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, donde se especifican los criterios organizativos que han de guiar los reglamentos orgánicos, se hace necesario proceder a una reordenación de las diversas áreas de actuación. En definitiva, todas las circunstancias anteriormente reseñadas ponen en evidencia la necesaria articulación de la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico. Dicha estructura se articula en dos Viceconsejerías, que son la de Bienestar y la de Juventud y Reto Demográfico, las cuales, a su vez, se estructuran en diversas Direcciones en función de cada una de las materias específicas. Asimismo, y aparte de lo anterior, existen otros órganos con dependencia jerárquica directa del Consejero o Consejera del Departamento, que son la Dirección de Gabinete y Comunicación, la Dirección de Servicios, y la Dirección de Diversidad, Convivencia y Solidaridad Intergeneracional. La última de las direcciones anteriormente citadas persigue el impulso de la interculturalidad y la convivencia en diversidad (de género, etaria, de origen, cultural, sexu