BOPV nº 221 · 2024-11-13 · Osakidetza-Servicio vasco de salud
RESOLUCIÓN 1511/2024, de 7 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de modificación de las resoluciones por las que se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, en todas las categorías convocadas en el proceso selectivo 2020/2021/2022/Estabilización, en ejecución de la Sentencia n.º 415/2024, de 26 de septiembre, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
El día 27 de diciembre de 2022 se publica en el Boletín Oficial del País Vasco las Resoluciones de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por las que se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, en todas las categorías convocados en el proceso selectivo 2020/2021/2022/Estabilización. Mediante Sentencia n.º 70/2024, de 16 de abril, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, se condena a Osakidetza a que «puntúe igual el mérito de servicios prestados en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza, de la Seguridad Social o de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas, así como en cualquier Administración Pública y en los servicios sanitarios de la red pública de los demás Estados miembros de la Unión Europea, tanto en el turno libre como en el de promoción interna, y a que actúe como proceda para llevarlo a efectivo cumplimiento.». El tenor literal de este fallo afecta al proceso de OPE Ordinaria para la cobertura de plazas correspondientes a la tasa de reposición de efectivos de los años 2020, 2021 y 2022 (en adelante OPE 2020-2021-2022), no resultando afectado el proceso extraordinario de estabilización y consolidación, previsto en el artículo 2.1.1 y disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Mediante Sentencia n.º 415/2024, de 26 de septiembre, dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco se estima parcialmente el recurso de apelación formulado por Osakidetza contra la Sentencia n.º 70/2024, de 16 de abril, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz en el procedimiento especial para la Protección de los Derechos Fundamentales, si bien, manteniéndose idéntico el fallo recogido en el párrafo anterior. Así, en ejecución de la citada Sentencia afectante al proceso de OPE Ordinaria: OPE 2020-2021-2022, y debido a la obligación de resolver el Proceso Estabilización: OPE Estabilización antes del 31 de diciembre de 2024, conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, resulta necesario modificar el contenido de la Resolución 1736/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, convocados en los años 2020/2021/2022/Estabilización y las bases específicas para el desarrollo del proceso selectivo, en los términos que se indican en el resuelvo de la presente Resolución. Así mismo, mediante Acuerdo de 17 de octubre de 2024 del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de rectificación de error