BOPV nº 228 · 2024-11-22 · Lehendakaritza
RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2024, del Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior, por la que se adjudican las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior, para 2024-2025.
El Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior fue nombrado por Decreto 172/2024, de 23 de julio (BOPV número 146, viernes 26 de julio de 2024). De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 12/2019, de 29 de enero, por el que se regulan becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior, por Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaria General de Unión Europea y Acción Exterior, se procedió a la convocatoria de catorce becas, seis en la modalidad de Asuntos Europeos, cuatro en la modalidad de Comunidad Vasca en el Exterior y cuatro en la modalidad de Relaciones Exteriores, para impulsar la formación de jóvenes en el área de Acción Exterior. Los órganos de instrucción de las tres modalidades de becas, han elevado las correspondientes propuestas de resolución definitivas, de acuerdo con el artículo 13 del citado Decreto. A la vista de todo lo cual, RESUELVO : Primero Inadmitir las solicitudes presentadas por las personas relacionadas en el Anexo I, por las razones que en el mismo se indican. Segundo Dar por desistidas las solicitudes que figuran en el Anexo II, por las razones que en el mismo se indican. Tercero Adjudicar las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior, en las modalidades de Asuntos Europeos, Comunidad Vasca en el Exterior y Relaciones Exteriores, a las personas y en los destinos que se especifican en el Anexo III, incluyendo la relación de suplentes. Cuarto Denegar las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior a las personas que se relacionan en el Anexo IV, por las razones que en el mismo se indican. Quinto Declarar desierta una beca de la modalidad de Asuntos Europeos por no haber personas candidatas. Sexto Declarar desiertas tres becas de la modalidad de Comunidad Vasca en el Exterior, por no haber obtenido las personas candidatas la puntuación mínima exigida. Séptimo La fecha de inicio de las becas será el 20 de diciembre de 2024. Octavo Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición, ante la Secretaría General de Acción Exterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de noviembre de 2024. El Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior, ANDER CABALLERO BARTUREN. ANEXO I SOLICITUDES EXCLUIDAS Por incumplimiento del requisito establecido en el artículo 12.1.c del Decreto 12/2019, de 29 de enero, por el que se regulan las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior: Asuntos Europeos: Hernández Vadillo, Lucia. Comunidad Vasca en el Exterior: Laborde, Julieta. Por incumplimiento del requisito establecido en el artículo 2.b) del Decreto 12/2019, de 29 de enero: Comunidad Vasca en el Exterior: Rodríguez Múgica, Imanol. ANEXO II SOLICITUDES DESISTIDAS Por desistir al proceso de selección: Asuntos Europeos: Arenas Aizpuru, Ibon. Gutiérrrez Beaumont