BOPV nº 230 · 2024-11-26 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2024, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se modifica la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas mayores de 50 años en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a 1 año, en centros de trabajo de la CAPV, al objeto de incrementar los recursos económicos destinados a financiar la misma.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 20 de noviembre de 2024, ha aprobado el acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se modifica la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas mayores de 50 años, en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a 1 año, en centros de trabajo de la CAPV, al objeto de incrementar los recursos económicos destinados a financiar la misma. De conformidad con lo dispuesto en el apartado n) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, en la redacción dada por el Decreto 156/2021, de 29 de junio, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se modifica la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas mayores de 50 años, en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a 1 año, en centros de trabajo de la CAPV, al objeto de incrementar los recursos económicos destinados a financiar la misma, aprobado por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 20 de noviembre de 2024, recogido como Anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que se publica, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de noviembre de 2024. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO POR EL QUE SE MODIFICA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS MAYORES DE 50 AÑOS, EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO POR TIEMPO IGUAL O INFERIOR A 1 AÑO, EN CENTROS DE TRABAJO DE LA CAPV AL OBJETO DE INCREMENTAR LOS RECURSOS ECONÓMICOS DESTINADOS A FINANCIAR LA MISMA El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 7 de noviembre de 2023, aprobó la convocatoria de ayudas para el año 2024, destinadas a la contratación de personas mayores de 50 años en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a 1 año, en centros de

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