BOPV nº 231 · 2024-11-27 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 13 de noviembre de 2024, de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba y convoca la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2025, a proyectos de innovación cultural y social (Bitartez).

De conformidad con el artículo 6 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su promoción y difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 20/2023, la Dirección de Promoción de la Cultura considera necesario poner en marcha una línea específica para promover mediante la intermediación y el trabajo en red proyectos comprometidos con la investigación, la innovación y el arte contemporáneo. De esta forma podremos desarrollar la colaboración y el talento entre diferentes para desarrollar al máximo la capacidad creativa de nuestro entorno, entornos de trabajo para incrementar las formas de colaboración, nuevas formas de dirigirse a los destinatarios, con el fin de generar vivencias más significativas, diferenciadoras y en general iniciativas que planteen estrategias de innovación cultural y social a partir de prácticas culturales. Además, se enmarca en el primer objetivo del Plan Estratégico Cultural del Departamento, «Aumentar las oportunidades de desarrollo del talento creativo». El primer objetivo de este plan es fomentar la vitalidad del talento creativo y la solidez de las industrias culturales. Además de las ayudas especiales a la creación y producción, a través de esta convocatoria se ampliarán las posibilidades de generación, atracción y desarrollo de talento y se recogerá en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2029. Conforme al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, este régimen de ayudas se halla exento de notificación a la Comisión Europea y es compatible con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3 del Tratado, al cumplir todos los requisitos del artículo 53 y del Capítulo I del citado Reglamento 651/2014. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente Orden convocar subvenciones dirigidas a aquellos proyectos de innovación cultural y social comprometidos con la investigación, la innovación y las expresiones contemporáneas del ámbito cultural, que se valgan de la mediación para su objetivo. Artículo 2 Requisitos de los proyectos. Los proyectos deberán favorecer: La promoción de la co-creación y/o la hibridación entre diferentes sectores, áreas y agentes, y del talento, para así desarrollar al máximo el p

Publicación oficial en euskadi.eus

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