BOPV nº 238 · 2024-12-09 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 19 de noviembre de 2024, de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2025, a espacios culturales independientes que apoyen y fomenten la creación artística cultural (Sorgune).
De conformidad con el artículo 6 del Decreto 18/2024, de 23 de febrero, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su promoción y difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Dicha Dirección de Promoción de la Cultura estima oportuno arbitrar una línea específica de promoción de las estructuras y los modos de producir contenidos culturales en base al estímulo de la creatividad, la investigación, la experimentación y la intersección entre disciplinas. Pero también se trata de dar soporte a equipamientos dedicados a la atención, el acompañamiento, el apoyo a la creación y la innovación artística o de gestión, a fin de promover la emergencia de nuevos talentos y prácticas creativas que permitan la renovación de los sistemas de creación de contenidos culturales, la aparición de nuevos modos artísticos con singularidad propia y, en general, el enriquecimiento y fortalecimiento del tejido artístico de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En definitiva, la presente convocatoria de subvenciones se dirige a la promoción de espacios especializados en la creación artística y de un ámbito creativo/productivo basado en la innovación, la interdisciplinariedad y el diálogo multilateral que tiene su origen en la creatividad individual y/o colectiva, las habilidades y el talento, la transmisión de ideas y potencialidades en entornos de innovación. De conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley 20/2023, la potenciación y, en su caso, renovación de una red de espacios culturales independientes que dinamice el tejido creativo cultural, reforzando el talento y la creación de creadores y creadoras del país, requiere el establecimiento de la presente Orden de subvenciones, que además se enmarca en el primer objetivo del Plan Estratégico Cultural del Departamento «Multiplicar las posibilidades de desarrollar el talento creativo». El primer objetivo de este plan es fomentar la vitalidad del talento creativo y la solidez de las industrias culturales. Además de las ayudas especiales a la creación y producción, a través de esta convocatoria se ampliarán las posibilidades de generación, atracción y desarrollo de talento y se recogerá en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2028. Conforme al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, este régimen de ayudas se halla exento de notif