BOPV nº 238 · 2024-12-09 · Movilidad Sostenible
RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto Modificado n.º 2 de la obra del Metro Donostialdea. Tramo Altza-Galtzaraborda» y se convoca a sus titulares al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.
Con fecha 12 de abril de 2021, se aprobó, mediante Resolución de la Directora de Infraestructuras del Transporte, el «Proyecto constructivo Metro de Donostialdea. Tramo Altza-Galtzaraborda». El objeto del «Proyecto Constructivo del Tramo Altza-Galtzaraborda», es definir a nivel de construcción la obra civil que es necesaria llevar a cabo para la implantación del mencionado tramo del Metro de Donostialdea, de nuevo trazado y con doble vía, que conecta la nueva estación de Altza, en ejecución, con la existente estación de Galtzaraborda, asegurando la coordinación con el futuro soterramiento de Errentería. Mediante Resolución de fecha 11 de septiembre de 2024 se aprobó el «Proyecto Modificado n.º 2 de la obra del Metro Donostialdea. Tramo Altza-Galtzaraborda», publicándose el 1 de octubre de 2024 en el Boletín Oficial del País Vasco (n.º 191). A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones. Mediante Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se acordó iniciar el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto y someter a información pública la relación del Anejo de expropiaciones, notificándose a las personas interesadas y publicándose el día 21 de octubre de 2024 en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y el 25 de octubre de 2024 en el Boletín Oficial del País Vasco y en los diarios «El Diario Vasco» y «Berria». La citada relación de bienes y derechos quedó asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Sebastián. En este trámite no se han presentado escritos de alegaciones. Finalizado el plazo de información pública, se ha procedido a la confección definitiva de la relación de bienes y derechos afectados. Este órgano es competente para la tramitación de los expedientes de expropiación necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura del transporte, según lo dispuesto en el artículo 16.2.c) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco. El citado Decreto 11/2021, de 19 de enero, sigue vigente según lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario modificada por la Ley 26/2022, de 19 de diciembre, la aprobación de proyectos de líneas ferroviarias, tramos de las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de l