BOPV nº 246 · 2024-12-19 · Justicia y Derechos Humanos
DECRETO 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos.
En virtud del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma, para garantizar la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar interrupciones en las mismas, y ordenar el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el citado decreto, todo ello, con el fin último de llevar a cabo con la máxima eficacia el Programa de Gobierno de la XIII legislatura. Mediante el Decreto 36/2024, de 30 de julio, del Lehendakari, se modificó el citado Decreto 18/2024, de 23 de junio, puesto que tras su aprobación se ha constatado la necesidad de realizar determinadas modificaciones encaminadas, unas a designar adecuadamente áreas concretas de actuación, y otras, a concretar con mayor precisión la distribución competencial de determinados Departamentos. Todo ello, en aras de lograr los objetivos de racionalidad y eficiencia en los ámbitos competenciales y de funcionamiento de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El artículo 20 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, determina las funciones y áreas de actuación del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, el cual está integrado, de acuerdo con lo dispuesto en su Disposición Adicional Decimosegunda, por los órganos y unidades del extinto Departamento de Igualdad, Justicia y Asuntos Sociales, con excepción de la Viceconsejería de Políticas Sociales. En concordancia con lo dispuesto en la Disposición Final Primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, donde se especifican los criterios organizativos que han de guiar los reglamentos orgánicos, se hace necesario proceder a una reordenación de las diversas áreas de actuación. En definitiva, todas las circunstancias anteriormente reseñadas ponen en evidencia la necesaria articulación de la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos. Dicha estructura se articula en dos Viceconsejerías, que son la de Justicia y la de Derechos Humanos, Memoria y Convivencia, las cuales a su vez se estructuran en diversas Direcciones en función de cada una de las materias específicas. Aparte de lo anterior, existen otros órganos con dependencia jerárquica directa de la Consejera o del Consejero del Departamento, como son la Dirección de Gabinete y Comunicación, y la Dirección de Servicios. La Dirección de Gabinete y Comunicación presta asistencia directa a la Consejera o al Consejero para el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas en virtud de su cargo, mientras que la Dirección de Servicios se configura como el órgano de apoyo a los restantes órganos del Departamento en materias de naturale