BOPV nº 250 · 2024-12-26 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
ORDEN de 26 de noviembre de 2024, del Consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por la que se actualiza y aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.
En Euskadi, mediante la estrecha colaboración entre el Gobierno Vasco, a través de los Departamentos de Economía y Hacienda, e Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, y los órganos tributarios de las tres Diputaciones Forales, se dispone de un instrumento fiscal que impulsa la eficiencia de los procesos productivos mediante la implantación de equipos con un mejor comportamiento ambiental en el tejido productivo vasco. El instrumento, denominado listado vasco de tecnologías y materiales ambientalmente más eficaces, enlaza directamente con los distintos planes, programas, estrategias y leyes vigentes. En este sentido, podemos destacar: La Estrategia de Economía Circular de Euskadi 2030, en la línea de actuación 5 punto 26, marca la elaboración de la nueva orden del Listado Vasco de Tecnologías Limpias incorporando el estudio para la incorporación de materiales secundarios y tecnologías eficientes en el uso de recursos en el listado. La Estrategia de Sostenibilidad Energética de Euskadi 2030, en la línea de actuación 1 en la iniciativa 1.1.1.5., marca el fomento del ahorro energético a través de incentivos fiscales a la inversión en energía sostenible en pymes. El Plan de Economía Circular y Bioeconomía de 2021, en su línea de actuación 5.4., marca el estudio para la incorporación de materiales secundarios y tecnologías eficientes en el uso de recursos en el listado de tecnologías limpias. El Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Euskadi 2030, en la línea de trabajo 9, incluye el listado vasco de tecnologías y materiales ambientalmente más eficaces como instrumento clave para facilitar el acceso a la financiación de proyectos de residuos, desarrollar herramientas económicas y de fiscalidad verde y favorecer la competitividad de los materiales y productos secundarios y desincentivar el vertido. La Estrategia de Cambio Climático 2050 del País Vasco, dentro de la línea de actuación 14 sobre «Reducir la generación de residuos urbanos», incluye la acción 38 «Definición e implantación de medidas de fiscalidad ambiental» (ej: canon de vertido, pago por generación, tasa a la extracción de materias primas), así como incentivos fiscales para minimizar la generación de residuos, la extracción de recursos y el depósito en vertedero. Asimismo, el artículo 85.2 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi señala que el Departamento competente en materia de Medio Ambiente de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobará y actualizará periódicamente un listado de tecnologías y materiales ambientalmente más eficaces en las actividades económicas cuyo uso podrá ser incluido en los contratos del sector público y también podrá ser considerado como criterio preferente tanto en el establecimiento de beneficios fiscales como en la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la mejora ambiental, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente e