BOPV nº 252 · 2024-12-30 · Lehendakaritza

LEY 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025. TÍTULO I APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2025 Artículo 1 Aprobación. Se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025 en los términos establecidos en la presente ley. Se incorpora, a los efectos contemplados en el artículo 25.2.a del texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, el presupuesto del Parlamento Vasco. Se incorpora, a los efectos contemplados en el artículo 24 de la Ley 1/1988, de 5 de febrero, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, el presupuesto del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Se aprueba e incorpora, a los efectos contemplados en el artículo 4 de la Ley 16/2023, de 21 de diciembre, de la Autoridad Vasca de Protección de Datos, el presupuesto de la Autoridad Vasca de Protección de Datos. La presente ley será de aplicación a las entidades que puedan crearse con posterioridad a su aprobación y a su correspondiente presupuesto. Artículo 2 Presupuesto de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El estado de gastos del presupuesto de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi asciende en cuanto a los créditos de pago a la cantidad total de 15.728.196.000 euros y en cuanto a los créditos de compromiso a la cantidad total de 2.279.654.237 euros, cuyo desglose en ejercicios presupuestarios posteriores al 2025 será el que se detalla en el Anexo I. El estado de ingresos del presupuesto de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi asciende a la cantidad total de 15.728.196.000 euros. En particular, se incluyen 336.128.952 euros correspondientes a remanentes de tesorería propios. La dotación presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la Universidad del País Vasco, de conformidad con lo que disponen los artículos 90 a 93 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, se fija en la cantidad de 401.354.093 euros, que se desglosa en los siguientes conceptos: Aportación ordinaria por importe de 315.660.496 euros para gastos corrientes y de 1.800.000 euros para operaciones de capital. Aportación complementaria para la financiación de contratos-programa por importe de 40.393.597 euros. Créditos para la financiación del plan plurianual de inversiones por importe de 25.000.000 euros. Créditos para la financiación de complementos retributivos individuales por importe de 18.500.000 euros. Artículo 3 Presupuestos de los organismos autónomos. En los estados de gastos de los presupuestos de los organismos autónomos se conceden créditos de pago y de compromiso por los siguientes importes, cuyo desglose en ejercicios p

Publicación oficial en euskadi.eus

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