BOPV nº 6 · 2025-01-10 · Ciencia, Universidades e Innovación

DECRETO 494/2024, de 23 diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Ciencia, Universidades e Innovación.

El Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como el posterior Decreto 36/2024, de modificación del Decreto 18/2024, han modificado la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y han llevado a cabo una nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma, todo ello con el propósito de conseguir la máxima eficacia en el cumplimiento de los compromisos que integran el Programa de Gobierno para la presente legislatura. El artículo 17.1 del citado Decreto 18/2024, y el apartado 1.8 del Decreto 36/2024, asignan al Departamento de Ciencia, Universidades e Innovación las siguientes funciones y áreas de actuación: a) Las facultades que se derivan del Estatuto de Autonomía en relación con la educación superior. b) Política científica. c) Impulso y coordinación de la investigación teórica y aplicada. c bis) Emprendimiento de base científica. d) Impulso y coordinación del Plan Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030. e) Gestión del Fondo de Innovación. f) Centros de investigación cooperativa. g) Centros vascos de excelencia en investigación. h) Innovación, con excepción de la innovación en el sector empresarial, a la que se refiere el artículo 10.1.b). Dirigir, de acuerdo con las leyes y los reglamentos, las entidades del sector público adscritas o dependientes del Departamento. j) Las demás facultades que le atribuyan las leyes y los reglamentos. Para el ejercicio de tales funciones, el departamento se ha estructurado en dos viceconsejerías. Asimismo, quedan adscritas al Departamento de Ciencia, Universidades e Innovación determinadas entidades del sector público que constituyen una herramienta fundamental para el desarrollo de las políticas que le corresponde impulsar en el ámbito de funciones y áreas de actuación anteriormente señaladas. En su virtud, a propuesta del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, previa aprobación del Lehendakari y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 23 de diciembre de 2024, DISPONGO : CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN GENERAL Artículo 1 Funciones y competencias. Al Departamento de Ciencia, Universidades e Innovación le corresponden las funciones y áreas de actuación que se determinan en el artículo 17 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como aquellas recogidas en el Decreto 36/2024 de modificación del anterior Decreto 18/2024, ejerciendo las mismas bajo la dirección del consejero o consejera. Artículo 2 Estructura general. Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Ciencia, Universidades e Innovación se est

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