BOPV nº 9 · 2025-01-15 · HABE

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2024, del Director de HABE, por la que se disponen los niveles del Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC), que se acreditarán en el curso 2024-2025 mediante actividades de evaluación del grado de dominio en el uso del euskera, y se realiza la convocatoria de exámenes de 2025 para el alumnado de los euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE.

En cumplimiento de lo dispuesto sobre la acreditación de la competencia en euskera de la población adulta en la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación de HABE, y las previsiones recogidas en los Decretos 179/2003 y 166/2019, el Consejero de Cultura y Política Lingüística dispuso mediante Orden de 9 de septiembre de 2020, los procedimientos de obtención de certificados de los niveles de competencia establecidos en el HEOC de HABE. Dicha Orden dispone que el alumnado de los euskaltegis y de los centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE podrá obtener los certificados correspondientes a los seis niveles de competencia lingüística del HEOC (A1, A2, B1, B2, C1, C2). Además, la Orden de 9 de septiembre de 2020 fija los criterios para las convocatorias de ayudas al alumnado de los cursos de euskera para adultos. Igualmente, se establece que podrá obtener certificados bien mediante actividades de evaluación del grado de dominio en el uso del euskera durante el aprendizaje o mediante exámenes específicos convocados por HABE. Estando iniciado ya el curso 2024-2025, procede establecer las bases para que el alumnado de los euskaltegis pueda acreditar el grado de competencia y dominio en el uso del euskera. Asimismo, procede determinar los niveles que el alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera podrán acreditar mediante convocatorias específicas de exámenes en el ejercicio 2025, y realizar a dicho efecto la correspondiente convocatoria. Así mismo, la convocatoria de 2025 contempla, para las personas sordas con discapacidad auditiva severa, la posibilidad de evaluar y acreditar parcialmente las destrezas lingüísticas de comprensión y expresión escrita de los niveles de competencia comunicativa de los niveles A1, A2, B1 y B2 definidos en el HEOC, de acuerdo al artículo 13 de la Orden de 9 de septiembre de 2020, del consejero de Cultura y Política Lingüística. Por todo ello, RESUELVO : Primero Aprobar las bases de las actividades de evaluación del grado de dominio en el uso del euskera de los niveles de competencia comunicativa A1 y A2 del HEOC del alumnado de los euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE, en el curso 2024-2025, conforme a las características y condiciones especificadas en los anexos I y III de esta resolución. Segundo Convocar dos periodos de exámenes para el ejercicio 2025, con objeto de que el alumnado de los euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE pueda acreditar los niveles de competencia comunicativa B1, B2, C1 y C2 del HEOC, según las bases y criterios establecidos en los anexos II y III de esta resolución. Tercero Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística en el plazo de un m

Publicación oficial en euskadi.eus

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