BOPV nº 9 · 2025-01-15 · Economía, Trabajo y Empleo

RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2024, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del Acuerdo de modificación del Convenio Colectivo del III Convenio del Personal Laboral de Administración y Servicios de la UPV/EHU sobre medidas especiales para la jubilación (código del convenio n.º 86000272011993).

ANTECEDENTES Primero El día 5 de noviembre de 2024 se ha presentado en REGCON la documentación referida al acuerdo de modificación del convenio colectivo citado, suscrito por las representaciones empresariales y sindicales. Segundo El día 15 de noviembre de 2024 se ha efectuado requerimiento de subsanación que se ha cumplimentado el día 16 de diciembre de 2024. Tercero Las personas firmantes del citado convenio han nombrado a la persona que ha de proceder a tramitar la solicitud de registro, depósito y publicación. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El artículo 2 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos crea el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo y en su artículo 7 establece entre sus funciones la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales. Dentro del departamento citado, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social es el órgano competente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.1.i) del Decreto 232/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, para dirigir y gestionar el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco. Segundo El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Tercero El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo. Analizada la solicitud de inscripción y la documentación anexa, se ha comprobado que la misma reúne los requisitos legalmente exigidos, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 9/2011, de 25 de enero (modificado por el Decreto 20/2023, de 14 de febrero) del Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco, por la presente, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 16 de diciembre de 2024. El Director de Trabajo y Seguridad Social, ANGEL LAPUENTE MONTORO. III CONVENIO COLECTIVO DEL PTGAS LABORAL Teniendo en cuenta la situación jurídica y normativa presente, se propone el siguiente acuerdo de mínimos, sin perjuicio de continuar la negociación colectiva en aquellos aspectos no recogidos en esta propuesta y quedando en todo caso, la política de medidas de tránsito a la jubilación condicionada a los frutos de dicha negociación, con especial mención a la regulación definitiva de la indemnización por declaración de incapacidad permanente en los grad

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