BOPV nº 9 · 2025-01-15 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
RESOLUCIÓN 1/2025, de 7 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España, para el tratamiento de datos inmobiliarios.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España para el tratamiento de datos inmobiliarios, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 7 de enero de 2025. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 1/2025, DE 7 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO ENTRE EL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA DEL GOBIERNO VASCO Y EL COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y BIENES MUEBLES DE ESPAÑA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS INMOBILIARIOS REUNIDOS : De una parte, el Sr. D. Denis Itxaso González, Consejero del Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco. Y, de otra parte, la Sra. Dña. María Emilia Adán García, Decana-Presidenta del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España. COMPARECEN: El primero, en calidad de Consejero de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco en virtud del Decreto 27/2024, de 24 de junio, del Lehendakari, de nombramiento del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana, en ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno. Y la segunda, en su calidad de Decana-Presidenta del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España (en adelante, Colegio de Registradores), en representación del mismo y en ejecución del Acuerdo de su Junta de Gobierno, autorizada para este acto en ejercicio de las competencias que le atribuye el Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España. Ambos comparecientes se reconocen capacidad legal suficiente y necesaria para otorgar el presente convenio, y a tal efecto, EXPONEN: Primero El Estatuto de Autonomía del País Vasco determina en su artículo 10.31 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de País Vasco en materia de ordenación de territorio y del litoral, urbanismo y vivienda. La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, en su artículo 10 establece que el Gobierno Vasco, los Territorios Históricos y las Entidades Locales de carácter territorial, a través de sus órganos correspondientes, ostentarán competencias y responsabilidades en materia de vivienda en los términos de la presente Ley, así como de la normativa que les resulte aplicable. Segundo La Ley 10/2023, de 9 de noviembre, del Plan Vasco de Estadística 2023-2026 y de tercera modificación de la Ley de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Decreto 36/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Programa Estadístico Anual de