BOPV nº 11 · 2025-01-17 · Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2024, del Viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural, por la que se concede y deniega la ayuda extraordinaria al sector del vino para el apoyo a viticultores amparados por la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja, por la merma de sus rendimientos empresariales derivados de la guerra de Ucrania, aprobada para el año 2024 por la Orden de 22 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.

Mediante Orden de 22 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, se aprueba, para el año 2024, la ayuda extraordinaria al sector del vino para el apoyo a viticultores amparados por la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja por la merma de sus rendimientos empresariales derivados de la guerra de Ucrania. De acuerdo con el Base 8 de la citada Orden, la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco es el órgano competente para gestionar y dictar la propuesta de resolución de las ayudas, en tanto que la concesión de las ayudas se resolverá por medio de resolución del Viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural, según lo previsto en la misma base de la Orden y en el Decreto 438/2024, de 11 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca. Por Resolución del Director de Agricultura y Ganadería, de 6 de noviembre de 2024, se publicó en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi la relación provisional de titulares de las explotaciones en las que concurren los requisitos requeridos, así como el número de hectáreas computadas, concediendo un plazo de diez días hábiles para aceptar, rechazar la inclusión o solicitar la modificación de los datos y, en el caso de no figurar en el listado provisional, y que cumplan los requisitos establecidos, solicitar su inclusión, aportando la documentación acreditativa que corresponda. Así mismo, con fecha 11 de diciembre de 2024 se publicó en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Resolución del Director de Agricultura y Ganadería por la que se publica la relación de titulares de explotaciones que deben subsanar y/o acreditar algún extremo en relación con la concesión de la ayuda extraordinaria al sector del vino para el apoyo a viticultores amparados por la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja por la merma de sus rendimientos empresariales derivados de la guerra de Ucrania, para el año 2024. Teniendo en cuenta todo lo anterior, y tras el análisis de las alegaciones presentadas, se ha comprobado que las personas beneficiarias que figuran en el Anexo I de esta Resolución, cumplen los requisitos establecidos en la Orden de 22 de octubre de 2024 para percibir la ayuda, entre los que se encuentra hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Así mismo, se ha determinado aquellas personas titulares de explotación que no cumplen tales requisitos y, a los que, por tanto, procede denegar la ayuda, que son las que aparecen en el Anexo II. La cuantía de la ayuda se ha calculado aplicando los importes unitarios establecidos en la base 7 de la Orden de 22 de octubre de 2024: a) Explotaciones <= 50 ha: 487,5 euros/ha. b) Explotaciones >50 - <=100 ha: 325 euros/ha. c) Explotaciones >100 ha: 13

Publicación oficial en euskadi.eus

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