BOPV nº 13 · 2025-01-21 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2024, del Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se concede autorización ambiental integrada a la instalación de producción de óxido de grafeno promovida por Graphenea, S.A. en el Polígono Industrial Oinartxo, parcelas 115, 116, 117 y 142, 20720 Azkoitia (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 7 de marzo de 2023 Graphenea, S.A. solicitó autorización ambiental integrada para el proyecto de producción de óxido de grafeno en Polígono Industrial Oinartxo, parcelas 115, 116, 117 y 142, 20720 Azkoitia (Gipuzkoa), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi y con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Datos administrativos. Planos. Proyecto Técnico y Estudio de Impacto Ambiental. Resumen no técnico. Informe acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad emitido por el ayuntamiento de Azkoitia a fecha de 21 de octubre de 2022. Datos confidenciales. El promotor completó la documentación necesaria para la tramitación el 15 de marzo 2024. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, de acuerdo con el artículo 15.5 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre y el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, mediante Anuncio del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular de 5 de marzo de 2024, se acordó someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto y el estudio de impacto ambiental promovido por Graphenea, S.A., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco con fecha 19 de marzo de 2024 y en el Tablón Electrónico de Anuncios del Gobierno Vasco. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 del texto refundido de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco solicitó con fecha de 10 de abril de 2024 informes al Ayuntamiento de Azkoitia, a URA Agencia Vasca del Agua, a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del GV, a la Dirección de Salud Pública y Adicciones de Gipuzkoa del GV, a Ekologistak Martxan, a Recreativa Eguzkizaleak y a Gipuzkoako Urak. Con fecha 14 de junio y 17 de junio de 2024, se reciben informes de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología y Gipuzkoako Urak, respectivamente. En aplicación a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental remite al promotor, con fecha 30 de julio de 2024, los informes recibidos en los trámites anteriores para su consideración en la redacción, en su caso, de la nueva versión del proyecto y del estudio de impacto ambiental. Con fecha 6 de agosto de 2024 el promotor remite escrito el que señala que no es necesario modificar el proyecto ni el estudio de impacto ambiental presentado, pero que s

Publicación oficial en euskadi.eus

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