BOPV nº 14 · 2025-01-22 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
RESOLUCIÓN 3/2025, de 14 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio con la Agencia Vasca de Ciberseguridad, para la encomienda de gestión de determinadas actuaciones de contratación necesarias para el funcionamiento de la Agencia Vasca de Ciberseguridad.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio con la Agencia Vasca de Ciberseguridad, para la encomienda de gestión de determinadas actuaciones de contratación necesarias para el funcionamiento de la Agencia Vasca de Ciberseguridad, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de enero de 2025. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 3/2025, DE 14 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA VASCA DE CIBERSEGURIDAD Y EL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DEL GOBIERNO VASCO, PARA LA ENCOMIENDA DE DETERMINADAS ACTUACIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS, SUMINISTROS Y SERVICIOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA. REUNIDOS De una parte, D. Francisco Javier Diéguez Barriocanal, en su condición de Director General de la Agencia Vasca de Ciberseguridad (en adelante la Agencia) conforme al artículo único del Decreto 135/2023, de 19 de septiembre, de nombramiento, actuando en representación del ente público de derecho privado en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 14 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 34/2024 de 19 de marzo. Y de otra parte, D. Bingen Zupiria Gorostidi, en su condición de Consejero de Seguridad conforme al artículo único del Decreto 25/2024, de 24 de junio, del Lehendakari, en virtud de las competencias contempladas en el artículo 11 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como en el artículo 4.1 del Decreto 318/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad. Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para el otorgamiento del presente convenio de colaboración y, EXPONEN Primero La interrelación y dependencia de las comunicaciones digitales, junto con el grado de exposición de la información en la red, conllevan una necesidad latente de protección que garantice la seguridad de la ciudadanía y la actividad económica. Por este motivo, la protección de las infraestructuras y servicios de comunicación frente a amenazas en el ámbito de la ciberseguridad se ha convertido en los últimos tiempos en un pilar básico para diferentes sectores y administraciones. Las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma Vasca no son ajenas a los riesgos existentes ni al avance de estos. En el entorno actual, la ciberseguridad debe contemplarse y dinamizarse como una materia transversal en el mar