BOPV nº 19 · 2025-01-29 · Vivienda y Agenda Urbana
ORDEN de 9 de enero de 2025, del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se inicia el procedimiento de declaración del municipio de Zumaia como zona de mercado residencial tensionado.
N.º expediente AAAA_RES_5099/24_09. Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Zumaia (Gipuzkoa), instando la declaración de todo el municipio como zona de mercado residencial tensionado, que se tramita como expediente n.º AAAA_RES_5099/24_09, del que resultan los siguientes, HECHOS Primero En fecha 13 de junio de 2024 (registro de entrada SIR núms. 202400000435031 y 202400000435057), se presenta el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zumaia (Gipuzkoa), por el que se solicita al Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco el inicio del procedimiento para la declaración del Municipio de Zumaia en su conjunto como zona de mercado residencial tensionado y se aprueba el diagnóstico y la memoria justificativa que se propone para la citada declaración, así como el plan específico de medidas que se pretende desarrollar y su calendario de desarrollo. Segundo Se adjunta a la solicitud de declaración de zona de mercado residencial tensionado, la siguiente documentación: Diagnóstico y Plan de Vivienda de Zumaia para la declaración de Zona Tensionada. Memoria Justificativa. Plan de acción. Tercero Revisada la documentación, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 68.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante Resolución del Director de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda del Gobierno Vasco, se concede un plazo al Ayuntamiento de Zumaia para que presente modificaciones o mejoras en el plan específico de medidas adjunto a la solicitud de declaración del municipio de Zumaia como zona de mercado residencial tensionado, en los siguientes aspectos: Concreción de la asunción de compromisos de edificación de vivienda protegida con destino a alquiler social y asequible en los próximos 3 años. Concreción en el Plan de acción de 3 años, de la aplicación operativa de las medidas desarrolladas en el Decreto 149/2021, de 8 de junio, de vivienda deshabitada y de medidas para el cumplimiento de la función social e la vivienda. Desarrollo de los compromisos asumidos en relación al programa Bizigune incluyendo posible aplicación de incremento de las bonificaciones fiscales previstas para los propietarios de viviendas deshabitadas que las inscriban en el programa, o el establecimiento de líneas de ayudas a la rehabilitación de viviendas deshabitadas, complementarias a las que concede el Gobierno Vasco. Concreción de la política municipal prevista para la adquisición de viviendas, con indicación, en su caso, del presupuesto previsto a tal efecto. Cuarto En fecha 18 de noviembre de 2024 el Ayuntamiento de Zumaia presenta el plan específico de medidas incorporando las indicaciones establecidas en el requerimiento remitido por la Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda del Gobierno Vasco. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El Gobierno Vasco ostenta la competencia para la declaración de zonas de mercado residencial te