BOPV nº 4 · 2025-01-08 · Educación
ORDEN de 18 de diciembre de 2024, de la Consejera de Educación, por la que se establece el calendario común de presentación de solicitudes y plazos de admisión, y se aprueban las instrucciones para la admisión de alumnos y alumnas, para el curso académico 2025-2026, en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, en centros públicos dependientes del Departamento de Educación y en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el artículo 10 del Decreto 1/2018, de 9 de enero, sobre la admisión y la escolarización del alumnado tanto en centros públicos dependientes del Departamento competente en materia de educación como en centros privados concertados, en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como en los centros públicos de titularidad municipal que impartan Formación Profesional Básica, se señala que, anualmente, mediante Orden del Consejero o Consejera del Departamento competente en materia de educación, deberá abrirse el plazo común de presentación de solicitudes y fijarse los plazos correspondientes a las sucesivas fases del procedimiento. Por otro lado, el Decreto 132/2022, de 2 de noviembre, de modificación del Decreto 1/2018, publicado en el BOPV el 14 de noviembre de 2022, introduce algunas variaciones en el proceso de admisión del alumnado, siendo una de las más importantes la consideración como alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo a aquel que, entre otros aspectos, se encuentra en situación de vulnerabilidad socioeducativa. En este sentido, el mencionado Decreto, de acuerdo a la normativa básica en vigor, establece que la obligatoriedad de establecer una reserva de plazas para este tipo de alumnado se debe hacer efectiva teniendo en cuenta la proporción de alumnado con Necesidades Específicas de apoyo Educativo que tiene cada centro. En el mismo sentido, tanto el mencionado Decreto 132/2022 como la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación en la Comunidad Autónoma del País Vasco, también inciden en la necesidad de que la planificación de la oferta de plazas escolares se ajuste a las necesidades reales de escolarización, evitando tanto la sobreoferta como la infraoferta. En suma, tanto la planificación de la oferta como los mecanismos que regulan la admisión deben contribuir a una distribución equilibrada de la diversidad y de la vulnerabilidad, entre todos los centros sostenidos con fondos públicos, a fin de evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza. Las anteriores Órdenes reguladoras del proceso de admisión, de 21 de diciembre de 2022, para el curso 2023-2024, y de 20 de diciembre de 2023, para el curso 2024-2025, ambas en aplicación de la nueva normativa introducida por el Decreto 132/2022, ya recogían diversas medidas en la línea de lo mencionado en los dos párrafos anteriores con el fin de evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza. La presente Orden pretende dar continuidad a la línea de actuación implementada con éxito en los procesos anteriormente citados promoviendo, desde los niveles de entrada al sistema educativo, una distribución cada vez más equilibrada de la diversidad y la vulnerabilidad entre todos los centros sostenidos con fondos públicos. Por tanto, se debe establecer el cale