BOPV nº 34 · 2025-02-19 · Justicia y Derechos Humanos

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2025, del Director de Derechos Humanos y Atención a Víctimas, por la que se convocan ayudas a municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi que realicen proyectos en materia de convivencia y derechos humanos.

El Decreto 57/2018, de 24 de abril, por el que se regulan las ayudas destinadas a subvencionar proyectos en materia de convivencia y derechos humanos, en su artículo 5 señala que, mediante resolución anual de la persona titular de la dirección competente en materia de Víctimas y Derechos Humanos, se efectuará la correspondiente convocatoria de estas ayudas. Esta convocatoria se deberá realizar mediante dos resoluciones separadas, una destinada a los proyectos de entidades privadas y la otra a los proyectos de municipios y demás entidades locales. En la resolución anual se determinará el objeto de la convocatoria, la dotación económica de las ayudas, se designará a las personas integrantes de la Comisión de Valoración, el modo y plazo de presentación de las solicitudes, el plazo de ejecución y, en su caso, el importe máximo de cada uno de los programas o actividades subvencionables. De conformidad con lo establecido en la disposición final primera, párrafo segundo, de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 29 de diciembre de 2023 (n.º Boletín: 247) esta convocatoria se encuentra adaptada a lo dispuesto en la mencionada Ley. Según lo establecido en el artículo 21, de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, estas ayudas serán gestionadas por la Dirección de Derechos Humanos, y Atención a Víctimas y resueltas por el Viceconsejero Derechos Humanos, Memoria y Convivencia. En su virtud y de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 15 del Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución convocar las ayudas destinadas a la financiación de proyectos desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que promuevan en nuestra sociedad una cultura de convivencia, de respeto de los derechos humanos, de empatía y solidaridad. Estos proyectos podrán ser desarrollados desde el 1 de enero de 2025 hasta el 1 de septiembre de 2026. Las ayudas habrán de dirigirse a la realización de alguno de los programas y actividades incluidos en los siguientes ámbitos de actuación: a) Convivencia y Derechos Humanos: Actuaciones de participación, divulgación o educación social dirigidas a promover el compromiso con la dignidad humana, los derechos humanos y una convivencia conciliada. Iniciativas orientadas a fomentar en la sociedad una conciencia crítica y deslegitimadora en relación con toda forma de violencia, terrorismo o vulneración de derechos humanos. Programas que, en relación con toda forma de violencia ocurrida en el pasado, permitan apoyar procesos de reflexión crítica y de reinserción social en línea con la corriente europea de justicia restaurativa. Experiencias de participación social y diálogo entre diferentes sobre los retos

Publicación oficial en euskadi.eus

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