BOPV nº 36 · 2025-02-21 · Seguridad
DECRETO 37/2025, de 11 de febrero, de modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de los cuerpos de policía del País Vasco.
El presente Decreto tiene por objeto la modificación del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario de los Cuerpos de Policía del País Vasco, aprobado mediante el Decreto 58/2023, de 4 de abril, con la finalidad de adecuar el régimen de adscripción de los funcionarios y funcionarias de nuevo ingreso y de aquellos que acceden a nuevas categorías mediante promoción interna, a las necesidades organizativas de la Ertzaintza. El régimen de provisión de puestos de trabajo de la Ertzaintza se encuentra amparado por el marco competencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de régimen de la Policía Autónoma, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española. Estas disposiciones otorgan a las instituciones vascas la potestad para regular el régimen estatutario de la Policía del País Vasco. En desarrollo de este marco competencial, el artículo 102 del texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco regula el sistema de adscripción a los puestos de trabajo para los funcionarios de nuevo ingreso y los de promoción interna, sin excluir la posibilidad de adscripción provisional. No obstante, el artículo 10 del actual Reglamento de Provisión únicamente contempla la adscripción definitiva, lo que ha generado dificultades en la gestión eficiente de los recursos humanos y en la cobertura ágil de las vacantes existentes en la Ertzaintza. Dado que la adscripción provisional permite una mayor flexibilidad organizativa, al posibilitar la ocupación temporal de los puestos mientras se desarrollan los procedimientos definitivos de provisión, resulta necesario reintroducir esta modalidad. Este ajuste normativo es esencial para garantizar que el Cuerpo de la Ertzaintza mantenga el número adecuado de efectivos en servicio, permitiendo una respuesta ágil y eficiente a las necesidades operativas de la seguridad pública. En virtud de lo expuesto, y en aras de asegurar una adecuada gestión del personal y una correcta cobertura de las vacantes en los distintos cuerpos de policía del País Vasco, se procede a la modificación del Decreto 58/2023 de 4 de abril, con el fin de restablecer la posibilidad de adscripción provisional, así como de introducir las disposiciones necesarias para su implementación en los procedimientos selectivos en curso. En su virtud, a propuesta del Consejero de Seguridad, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de febrero de 2025, DISPONGO : Artículo primero Modificación del artículo 10 del Decreto 58/2023, de 4 de abril, por el que se aprueba el reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de los cuerpos de policía del País Vasco. Se modifica el artículo 10, que queda redactada en los siguientes términos: En el ámbito de las policías locales de Euskadi, el personal funcionario de nuevo ingreso, por turno libre o promoción interna, será adscrito d