BOPV nº 37 · 2025-02-24 · Cultura y Política Lingüística

DECRETO 34/2025, de 11 de febrero, por el que se acuerda la desafectación parcial del inmueble n.º 6 de la calle Barrenkale de Mutriku (Gipuzkoa), bien cultural afectado por el Decreto 545/1995, de 29 de diciembre, por el que se califica el Casco Histórico de Mutriku, como Bien Cultural con la categoría de Conjunto Monumental, y se fija su régimen de protección.

La Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco establece en su artículo 51 que, con carácter previo a la declaración de ruina de bienes culturales de protección especial y media, deberá instarse al Gobierno Vasco sobre la desafectación del bien cultural. Asimismo, se establece que, a la vista de los informes obrantes en el expediente y previo dictamen preceptivo y vinculante del Consejo de la CAPV de Patrimonio Cultural Vasco, el órgano competente en materia de patrimonio cultural del Gobierno Vasco resolverá sobre la desafectación, pudiendo desafectar total o parcialmente el bien, o bien modificar su régimen de protección para adecuarlo a las circunstancias reales del mismo. De acuerdo con la Disposición Adicional Primera de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, todos aquellos bienes muebles e inmuebles sitos en el ámbito territorial de la CAPV que hubieran sido declarados bienes culturales al amparo de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, y que hubiesen sido incluidos en el Registro de Bienes Culturales Calificados pasarán a tener la consideración de bienes culturales de protección especial. Por su parte, el Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, regula la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos (BOPV n.º 226, de 26 de noviembre). El inmueble n.º 6 de la calle Barrenkale, del Casco Histórico de Mutriku, es un elemento de protección básica en virtud del Decreto 545/1995, de 29 de diciembre, por el que se califica el Casco Histórico de Mutriku (Gipuzkoa), como Bien Cultural con la categoría de Conjunto Monumental, y se fija su régimen de protección (BOPV n.º 13, de 18 de enero de 1996), modificado por el Decreto 119/2002, de 28 de mayo (BOPV n.º 108, de 10 de junio de 2002). De conformidad con el Decreto 306/1998 citado, el Ayuntamiento de Mutriku remitió al Centro de Patrimonio Cultural Vasco informe en el que considera que se reúnen los requisitos para la declaración de ruina del inmueble situado en el número 6 de la calle Barrenkale, en el Casco Histórico de Mutriku, a fin de que se incoe el correspondiente expediente de desafectación. A la vista de los informes técnicos, el expediente de ruina, y las actuaciones seguidas, el Consejo de la CAPV de Patrimonio Cultural Vasco, en su sesión de 27 de noviembre de 2024, acordó la desafectación parcial del inmueble n.º 6 de la calle Barrenkale de Mutriku. Mediante Resolución del Viceconsejero de Cultura, de 9 de diciembre de 2024, se incoa y se somete a información pública y audiencia a los interesados en el procedimiento para la desafectación del inmueble n.º 6 de la calle Barrenkale, situado en el Casco Histórico de Mutriku (Gipuzkoa) (BOPV n.º 248, de 23 de diciembre de 2024). Habiéndose dado correcto cumplimiento a los trámites legales establecidos al efecto, no se han presentado alegaciones. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto al e

Publicación oficial en euskadi.eus

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