BOPV nº 37 · 2025-02-24 · Justicia y Derechos Humanos

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2025, del Director de Servicios Penitenciarios, por la que se delega en las Direcciones de los Centros Penitenciarios, el ejercicio de competencias sobre determinadas materias en el área de gestión del personal empleado público de los servicios penitenciarios vascos.

La Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, establece en su artículo 79, que corresponde a las Comunidades Autónomas que hayan asumido en sus respectivos Estatutos la ejecución de la legislación penitenciaria y consiguiente gestión de la actividad penitenciaria, la dirección, organización e inspección de las Instituciones que se regulan en la presente ley. El Real Decreto 474/2021, de 29 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria, establece en su apartado E) que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco, los bienes, derechos y obligaciones que corresponden a los servicios traspasados; y en su apartado F) que el personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a las funciones y servicios objeto de traspaso, pasarán a depender de la Comunidad Autónoma del País Vasco en los términos legalmente previstos en el Estatuto de Autonomía del País Vasco y demás normas en cada caso aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en sus expedientes de personal. De otro lado, el artículo 20.1.c) del Decreto 18/2024, de 13 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Justicia y Derechos Humanos, lo referente a los «establecimientos penitenciarios, en especial su organización, funcionamiento y ejecución de la legislación penitenciaria, asumiendo el ejercicio de las facultades que esta atribuya a los órganos centrales de la Administración penitenciaria». Por su parte, el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, en su artículo 13.1.a) establece que le corresponde a la Dirección de Servicios Penitenciarios el ejercicio de la siguientes funciones: planificar y gestionar lo referente a los recursos humanos de los centros y establecimientos penitenciarios; evaluar las necesidades de tal personal; realizar propuestas para elaborar su plantilla y las relaciones de puestos de trabajo; elaborar planes de formación y perfeccionamiento y de prevención social y riesgos laborales; gestionar el servicio de prevención propio de los mismos; relacionarse con las organizaciones sindicales en el ámbito que señale la estructura de negociación vigente, así como ejercer respecto a este personal las competencias que al Departamento atribuye el artículo 19 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco, y demás normativa vigente. No obstante, todo lo anterior, y teniendo la finalidad de conseguir objetivos de celeridad y eficacia, esta Dirección de Servicios Penitenciarios, considera conveniente, en estos momentos, efectuar la delegación de las funciones que se relacionan en la parte dis

Publicación oficial en euskadi.eus

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